Las calificaciones de los exámenes y entrevistas no fueron los únicos criterios para los postulantes a magistrados del Tribunal Anticorrupción, sino que hubo otras evaluaciones que se sometieron a consideración de la Junta de Coordinación Política, en igual de circunstancias, pues nunca se acordó que serían medibles o comparables entre los competidores que pasaron las etapas de evaluación, sino consideradas sólo como "aprobatorias" o no.
Contrario a lo que se dice respecto a la decisión de los integrantes de la Jucopo en desestimar a los mejores evaluados en cuanto a la calificación en el examen de conocimiento y entrevistas, la Comisión de Selección cumplió con pasar a los 30 con mejor calificación en el examen de conocimientos, pero en igual de circunstancias según el acuerdo.
Es decir nunca se ponderó quién sacó mayor o menor calificación del examen de conocimiento entre los 30 que pasaron la primera etapa, el que tuvo 70 como 90 de calificación se les consideró "aprobatorio" en igual de circunstancias.
Ahora de esos 30 pasaron a una etapa de entrevistas, donde de igual manera sólo se consideró a 20 de ellos con calificación aprobatoria más no comparable entre sí, es decir de nuevo en igual de circunstancias, siendo una cuerdo de la Comisión de Selección y los criterios que se midieron fueron: Experiencia Profesional 40%; Competencia Técnica 40% y Habilidad de Dirección 20%.
La Junta de Coordinación Política estuvo obligada a analizar el expediente, perfil y el resultado de la evaluación y de la entrevista de cada una de las personas seleccionadas, para integrar las diez personas candidatas a votación del pleno.
Fueron los partidos políticos quienes aprobaron que de los 20 finalistas se considerara por cada una de las fracciones políticas una lista de 10 y los postulantes más mencionados por los partidos serían los que pasarían a conformar el bloque para votar las tres magistraturas.