Ordenan a Pemex compartir logística

Cd. de México (09 junio 2019).- Un tribunal federal confirmó, en definitiva, que Pemex Logística (PLog) tiene que compartir su capacidad de almacenamiento y transporte con empresas privadas que quieran vender su propia gasolina o diesel, y por tanto dejen de ser clientas de Pemex Transformación Industrial (Pemex Tri).

El Segundo Tribunal Colegiado Especializado en Competencia Económica negó el 24 de mayo un amparo promovido por Plog, para impugnar el acuerdo de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) que permite a las empresas privadas solicitar, caso por caso, acceso a la capacidad de la empresa estatal.

Hasta ahora, las llamadas "temporadas abiertas" han sido el único mecanismo para que las empresas accedan a terminales y ductos controlados por PLog, pero han sido un fracaso, pues casi toda la capacidad en las instalaciones más atractivas sigue reservada para Pemex Tri, que es la que vende los combustibles.

El Acuerdo A/015/2018 de la CRE creó un trámite ante dicho órgano por el que cualquier empresa que quiera surtir al menos 10 mil barriles diarios a gasolineras que ya no son clientes de Pemex Tri puede requerir a PLog que le ceda capacidad en terminales y ductos, haya o no temporada abierta.

En su amparo, PLog alegó que el acuerdo de la CRE atenta contra la rectoría del Estado en materia de hidrocarburos, pero el tribunal le recordó que eso ya no aplica tratándose de transporte y almacenamiento de petrolíferos, donde la reforma energética de 2014 estableció la libre competencia.

PLog afirmó que perderá dinero porque la CRE le prohibió cobrar más de lo que cobra a Pemex Tri, pero como no aportó montos ni costos concretos los magistrados dijeron que no podían resolver si el Acuerdo, aprobado en marzo de 2018, es razonable o no.

"La falta de datos duros sobre los costos en que PLog incurre en la provisión de servicios, y de los montos de las tarifas pactadas con Pemex Tri, impide a este tribunal examinar la cuestión planteada; la parte quejosa no demuestra que tales tarifas tornen insostenible prestar a terceros los servicios de almacenamiento y transporte de combustibles", afinaron los magistrados.

También, rechazaron que las solicitudes directas, empresa por empresa, vayan a acabar con las temporadas abiertas, pues el tribunal consideró que la CRE tiene amplias facultades para regular el sector, y no hay evidencia de que una figura sea más favorable a la libre competencia que otra.

"El mecanismo de cesión de capacidad es un esquema mediante el cual PLog cede capacidad en sus sistemas cuando Pemex Tri pierde clientes en comercialización, esto es, si un tercero decide irse con un suministrador, distribuidor o comercializador distinto a Pemex Tri, podrá solicitar el uso equivalente de esa capacidad en los sistemas de PLog", explicó el tribunal.

 

Víctor Fuentes | Reforma

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Por ello, exigimos al gobierno de Chihuahua que respete el proceso electoral y se brinden garantías a todas las candidatas y candidatos para que realicen su labor proselitista con seguridad y en un ambiente de armonía y equidad, que permita que sea únicamente el pueblo quien decida quienes deben ser sus próximas autoridades", señala.

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El inmueble cuenta con Registro Federal Inmobiliario 8-8923-7, con superficie de 300,281.075 metros cuadrados, ubicado en Calle Barranco Azul sin número, Colonia Toribio Ortega, Código Postal 32675, Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua.

El Gobierno del Estado de Chihuahua, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble

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