El 6 de septiembre de 2018 los diputados del Partido Acción Nacional presentaron una iniciativa de ley para reformar la Constitución Política del Estado de Chihuahua, con el fin de actualizar los artículos en materia de derechos humanos, ajustándose a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos del 2011. El objeto de la reforma persigue consolidar y ampliar los derechos humanos atendiendo al principio de igualdad y no discriminación. Los ayuntamientos del Estado de Chihuahua tienen un plazo de 40 días a partir de la recepción de la iniciativa para dar a conocer su postura. Para validar la reforma se requiere que la aprueben al menos 20 ayuntamientos.
La revisión de la reforma no causaba menor problema hasta que se reparó en el artículo 3º, fracción V, que dice: “En el Estado, todas las personas gozarán de forma enunciativa mas no limitativa, de los siguientes derechos: V. Autodeterminación. Toda persona tiene derecho a la autodeterminación y al libre desarrollo de su personalidad. Este derecho deberá posibilitar que todas las personas pueden ejercer plenamente sus capacidades para vivir con dignidad”.
La polémica detonó de inmediato. Diferentes grupos leyeron en la palabra “Autodeterminación” una vía para la legalización del aborto, el matrimonio igualitario, etcétera. Los argumentos son los habituales en estas cuestiones: aceptar la “autodeterminación” es contribuir a minar la familia tradicional. Los grupos opositores al artículo argumentan que se trata de legalizar la cultura de la muerte, pero también que es una estrategia para cuestionar a quienes se oponen a la ideología de género. Es cierto que todas las consecuencias que pudieran derivarse del artículo tienen que estar debidamente tipificadas para que no se convierta en una justificación para quienes disientan de los supuestos que la ley pretende resguardar. De otra manera, incurriría en lo contrario de lo que pretende defender. Esa es labor legislativa que exige la mayor seriedad y profesionalismo. La igualdad es un derecho amparado por nuestra constitución y es obligación de los tres órdenes de gobierno respetarla y ampararla.
Me llama la atención la hipocresía de fondo en todo esta polémica por parte de todo el mundo. La autodeterminación es un sinónimo de libertad individual, un derecho inalienable del ciudadano en una democracia. Las convicciones no se pueden imponer en los demás, del mismo modo que nadie acepta las que proceden de otros. La democracia exige que los representantes acuerden de la mejor manera una legislación en que todos los representados se sientan cómodos. Así como los defensores de la ideología de género en ocasiones rozan el fanatismo, así también los grupos que defienden la moral tradicional.
Este asunto exhibió el temor de varios consistorios que tras una primera votación, optaron por una segunda para cambiar el resultado de la anterior. El problema reside en que se trata de un asunto de conciencia y no de cálculo político puesto que afecta a toda la sociedad. Es tan respetable quien apoya el artículo como quien disiente de él. En este sentido, cobra valor el voto del alcalde de Parral. Siendo independiente, no debe asumir una consigna de partido, sino seguir su propia conciencia. Habrá quien, también en conciencia, vote en sentido contrario, asumiendo una decisión igualmente loable.
El tema no es menor. Lo que está en juego es la igualdad y de la libertad de todos los chiuahuenses. Es el momento de que los ciudadadanos estén por encima de los intereses particulares. Es el momento de la política.