Si pagan municipios plebiscito se puede interpretar sesgado: La Torre

El diputado del PAN, Miguel La Torre indicó que en cuanto el tema de los plebiscitos debe corresponder el gato al Instituto Estatal Electoral y no que los municipios tengan la carga presupuestal de un tema que ellos no promovieron como es el plebiscito, por lo que el IEE debe prever una partida para las figuras de participación ciudadana.

Aseguró que como alcalde él no podría solventar con el presupuesto ya asignado un tema extraordinario o en su caso municipios con menor recurso presupuestal que pidan realizar un proyecto como el del plebiscito, se verán en dificultades.

Refirió que el municipio no tiene presupuestado pagar 9 millones de pesos para el plebiscito, por ello la carga no puede ser para el ente de gobierno, sino para el Instituto Estatal Electoral cuando avala este tipo de ejercicios.

“Creo que el Instituto Estatal Electoral debe prever esto, y quien debe conseguir los recursos para que se pueda hacer”, acotó al destacar que además que los municipios pongan el recurso se puede prestar a malas interpretaciones de una consulta sesgada.

 

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Otorga federación al gobierno de Chihuahua el inmueble del Cereso3 en Juárez

El Gobierno Federal destinó al Gobierno del Estado de Chihuahua, el inmueble federal del Cereso 3 en Ciudad Juárez.

El  04 de marzo de 2022, el Gobierno del Estado de Chihuahua, solicitó se le otorgue el Acuerdo Administrativo de Destino del inmueble federal, para continuar utilizándolo como instalaciones que ocupa el CERESO Tres de Ciudad Juárez, para formar parte del Complejo Judicial del Distrito Judicial Bravos.

El inmueble cuenta con Registro Federal Inmobiliario 8-8923-7, con superficie de 300,281.075 metros cuadrados, ubicado en Calle Barranco Azul sin número, Colonia Toribio Ortega, Código Postal 32675, Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua.

El Gobierno del Estado de Chihuahua, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble

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