Regalos y servidores públicos

Colaboración especial / Carlos Reyes López

Jorge Camacho Peñaloza

Estas fechas navideñas se caracterizan por un anhelado buen ambiente familiar que acostumbra a acabar mal, habitualmente cuando el cuñado de costumbre equivoca el chistorete con la impertinencia, o la confianza con la vulgaridad, para terminar ahogado en un pozal de tequila, reprobable siempre en su caso por ser pariente político. No es lo mismo que el borracho sea el hermano que el cuñado. El primero tiene derecho porque está en su casa, el segundo abusa de las circunstancias que a su vez es derecho cuando está en la suya. Algo semejante sucede con los regalos: hay quien tiene derecho a un buen presente y quien debe conformarse con un regalito. En no pocas ocasiones la suerte depende de si se juega en casa o se juega de visitante. En lo político, estas fechas se significan porque los servidores públicos reciben regalos buenos, medianos o impresentables de todo el mundo porque siempre juegan en casa.

            Ya se sabe que si uno quiere que tal asunto avance en tal tribunal hay que hacerse presente con un Chivas 24 años; si alguien necesita que se tramite determinado permiso lo mejor es regalarle al funcionario preceptivo un viajecito de diez días con mujer, hijos y amante a las Bahamas; si urge un permiso de construcción, nada mejor que un coche de alta gama, a ser posible del año, como prueba de la ilimitada confianza del empresario con el burócrata requerido; desde luego Gobernadores y alcaldes rentan o directamente compran bodegas para almacenar los generosos gestos de aprecio, amistad y buenos deseos de tantos ciudadanos desinteresados. Los mismos que, por arte de magia, dejan de mostrarse cercanos y familiares cuando cambia el titular de cualquier instancia gubernamental. El regalo y el presente son evidencias del oportunismo que adquiere apariencia de gratitud entre ciudadanos y servidores públicos.

            Pero resulta que el Artículo 7.II de la Ley de Responsabilidades Administrativas prohíbe a los servidores públicos recibir regalos. Lo que quiere decir que aquel servidor público que reciba presentes deberá devolverlos o, en todo caso, dirigirlos a la oficina correspondiente para depositarlos. Es decir, no debe quedarse con ninguno de los presentes, aunque provengan del pueblo bueno, del pueblo sabio, ni siquiera del pueblo pueblo. Es tiempo de que los servidores públicos se ajusten a la normatividad y no busquen pretextos para hacerse de la vista gorda. Lo agradecidos ciudadanos deberían atenerse a esta directriz, evitando que el funcionario caiga en la tentación. La única manera de que la igualdad sea efectiva es respetando la ley, por mucho que a algunos ciudadanos les encante hacer regalos y a algunos servidores públicos les fascine recibirlos.

En este caso, el individuo que quiere que determinada acción prospere es como el cuñado impertinente. El funcionario juega en casa y debe mostrar su incomodidad frente a agasajos consignados como faltas o delitos. Son los servidores públicos quienes no sólo deben respetar la normatividad sino explicarle al ciudadano que también debe respetar la norma. No faltará quien haga caso omiso, ni quien reciba regalos que debería rechazar. Pero existe la ley y es igual para todos.    

      

 

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Otorga federación al gobierno de Chihuahua el inmueble del Cereso3 en Juárez

El Gobierno Federal destinó al Gobierno del Estado de Chihuahua, el inmueble federal del Cereso 3 en Ciudad Juárez.

El  04 de marzo de 2022, el Gobierno del Estado de Chihuahua, solicitó se le otorgue el Acuerdo Administrativo de Destino del inmueble federal, para continuar utilizándolo como instalaciones que ocupa el CERESO Tres de Ciudad Juárez, para formar parte del Complejo Judicial del Distrito Judicial Bravos.

El inmueble cuenta con Registro Federal Inmobiliario 8-8923-7, con superficie de 300,281.075 metros cuadrados, ubicado en Calle Barranco Azul sin número, Colonia Toribio Ortega, Código Postal 32675, Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua.

El Gobierno del Estado de Chihuahua, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble

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