En Chihuahua se aprobaron reformas para expedir los certificados de nacimiento con módulos del Registro Civil en todos los hospitales, sanatorios y/o clínicas en la Entidad, esto incluye certificados de defunción y de muerte fetal, una vez comprobado el fallecimiento y determinado sus causas.
Los diputados del PAN en Chihuahua logran reformas al Código Civil, de la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley Estatal de Salud y del Código Penal, todos del Estado de Chihuahua.
Con esta reforma la Dirección del Registro Civil y las instituciones de salud, primordialmente, de manera conjunta, emitirán las medidas para lograr el registro de niñas y niños de manera previa a abandonar el hospital, maternidad o cualquier centro médico donde se lleve a cabo su nacimiento.
En materia de reforma al Código Penal del Estado de Chihuahua, para quedar redactado de la siguiente manera:
Se impondrán de uno a seis años de prisión y de cien a mil días multa, a quien con el fin de alterar el estado civil incurra en alguna de las conductas siguientes:
I. Presente a registrar a una persona, asumiendo la filiación que no le corresponda;
II. Inscriba o haga registrar el nacimiento de una persona, sin que esto hubiese ocurrido;
III. Omita presentar para el registro del nacimiento a una persona, teniendo dicha obligación, con el propósito de hacerle perder los derechos derivados de su filiación
…. VIII.
Además de la pena de prisión, cuando las conductas referidas en las fracciones I, II y III de este artículo, sean realizadas con motivo de sus funciones por personal adscrito a la institución de salud pública o privada, se aplicará pena de inhabilitación para ejercer su profesión de 1 a 5 años. Cuando el delito se cometa en contra de dos o más víctimas, se duplicará la pena.