Después de ocho meses de que el coronavirus llegó a México, un millón de contagiados y casi cien mil muertos, el uso de mascarillas sigue causando polémica en nuestro país.
Los científicos y expertos en salud nos han repetido hasta el cansancio que el uso de cubrebocas, incluso los de tela sirven para evitar la propagación del virus, pero parece que entre política y salud, la razón siempre pierde.
El resultado de los estudios son contundentes. Recientemente, el Instituto Tecnológico de Massachusetts encontró que los estornudos pueden viajar a una velocidad de más de 160 kilómetros por hora y superar los 8 metros de distancia, mientras que las gotas pequeñas pueden quedar suspendidas por varios minutos.
Los estornudos son el vehículo perfecto para la diseminación de posibles patógenos y sus efectos pueden alcanzarnos aunque se mantenga la “sana distancia” de 1.5 m. En este sentido, el uso de mascarillas es una medida esencial para frenar la pandemia. Desafortunadamente preferimos confiar en el escudo protector de la honestidad antes que en los hechos fehacientes.
En mayo, el Juzgado Decimoprimero de Distrito en el Estado de Oaxaca suspendió el decreto del estado de Oaxaca, el cual imponía cárcel y multas a los que no portaran cubrebocas, por considerarlo un acto de discriminación y marginación social.
En agosto, Gatell dijo que la obligatoriedad del uso de mascarillas podía prestarse a abusos policiales, como el caso de Giovanni en Jalisco y por tanto debía buscarse una visión más solidaria, donde la ciudadanía se concientizara sin tener que acudir a la coerción.
No somos los únicos. Alrededor del mundo se han realizado manifestaciones en contra del uso obligatorio de cubrebocas, por considerarlo una herramienta de opresión gubernamental y que vulnera los derechos humanos.
Sin embargo, sabemos que la ley no existe para amedrentar a los ciudadanos de una sociedad; surge para garantizar la convivencia y el bien común. Toda obligación responde al derecho de otro, la libertad debe limitarse para asegurar un bien mayor.
Las normas nos dan certeza al actuar y justifican nuestro comportamiento. Por esa razón, aplaudimos que el día de ayer cobrara vigencia la Ley que Regula el Uso Obligatorio de Cubrebocas y demás Medidas para Prevenir la Transmisión de la Enfermedad COVID-19 en el Estado de Chihuahua.
La ley que se encuentra en el ejemplar No.92 del Periódico Oficial del Estado; es bastante precisa y responde a los eventos que han ocurrido en nuestro territorio.
Hace una semana, se viralizó la noticia de un joven de 20 años de edad que fue detenido mientras conducía hacia su trabajo y que fue golpeado brutalmente. El joven dio a conocer que los policías lo habían obligado a parar el coche con amenazas de arrestarlo por no traer cubrebocas, lo que representaba una falta a la justicia cívica, a pesar de que viajaba solo.
La nueva ley en el artículo 8, fracción cuarta establece que queda excluida del uso obligatorio de cubrebocas “ Aquella persona que se encuentre en el interior de un vehículo automotriz sin compañía.”
Por lo tanto, además del abuso de poder, las acciones de los policías carecían de fundamento.
Hace poco se unió a la corte real mexicana Lord Pizza, un joven que agredió a los dependientes de un establecimiento en Cd. Juárez , luego de que los trabajadores se negaron a venderle una pizza por no portar mascarilla.
Mucho se ha discutido sobre que el derecho de admisión es ilegal, puesto que promueve la discriminación, aunque es practicado por varios comerciantes para la seguridad de sus negocios. A partir de este momento no habrá más debates, al menos en el sentido sanitario.
El artículo 12 determina que en todo establecimiento, las personas propietarias, administradoras, empleadas, así como proveedores, clientes, usuarios y asistentes están obligados a portar el cubrebocas y se les debe impedir el acceso cuando no cuenten con uno o se nieguen a utilizarlo.
Finalmente, el artículo 16 establece que las personas que incumplan con las medidas sanitarias recibirán sanciones , tales como amonestaciones con previa advertencia, entrega de material médico, trabajo comunitario, multas, clausuras temporales y arresto hasta por doce horas.
Recuerde que una ciudadanía informada promueve autoridades íntegras. La ley está disponible para la lectura, conozca sus obligaciones para hacer valer sus derechos.
¡No olvide portar cubrebocas! Evítese la pena de ser sancionado.