El diputado del PRI, Omar Bazán Flores, presentó reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Chihuahua, para que mediante plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo de los actuarios judiciales, la georreferencien la actividad de los funcionarios y clasificando los domicilios en donde deberá diligenciar.
En el marco del derecho de acceso efectivo a la justicia, el cual comprende, en adición a determinados factores socioeconómicos y políticos, el derecho a una tutela jurisdiccional efectiva y los mecanismos de tutela no jurisdiccional que también deben ser efectivos y estar fundamentados constitucional y legalmente, consagrados en el artículo 17 Constitucional.
Señala que la justicia debe ser pronta, completa, gratuita e imparcial; por ello el acceso a la jurisdicción, estas subgarantías conforman el derecho subjetivo público de acceso a la justicia.
Por ende, la necesidad de que la administración actúe de manera diligente y sin dilaciones injustificadas, en relación con actos dictados dentro de procesos administrativos de carácter no contencioso, en el entendido de que ninguna autoridad pública depende de su propio arbitrio y se encuentra sujeta a los procedimientos señalados en la ley.
En la práctica se tiene un problema básico de logística es que:El actuario tiene tiempo delimitado por su jornada, incremento de la carga constante de trabajo que la función exige.
Por ello busca adicionar los artículos 75 bis y 75 ter de la siguiente manera:
Artículo 75 bis. Las funciones de la Unidad de Notificación y Ejecución deberán estar respaldadas en lo siguiente:
Artículo 75 ter. El Consejo de la Judicatura determinará conforme a las necesidades del servicio, las ciudades en las que se deba aplicar el sistema previsto en el artículo anterior y expedirá los lineamientos del mismo.