El Juzgado Cuarto de Distrito con sede en Chihuahua desechó el recurso de amparo 271/2021 promovido por la alcaldesa con licencia, María Eugenia Campos Galván al considerar que los actos reclamados son inexistentes.
Dicho amparo señalaba omisiones de la Fiscalía General del Estado para hacer del conocimiento de la quejosa sobre la carpeta de investigación, anteriormente se le concedió suspensión provisional a efecto de no llevar a cabo audiencia inicial hasta quedar resuelta la petición.
Posteriormente, la Fiscalía General promovió un recurso de queja ante el Primer Tribunal Colegiado en Materias Penal y Administrativa del Décimo Circuito al considerar que se incurría en omisiones a la Ley de Amparo tras conceder una suspensión provisional bajo argumentos utilizados en un recurso que ya había sido desechado por el mismo Juzgado.
Tras desecharse el amparo de la candidata, el Ministerio Público está en condiciones de solicitar una nueva fecha al Tribunal Superior de Justicia para iniciar audiencia de formulación de imputación dentro de la causa penal 2821/2020.