Columna | Variables
Jacinto Gómez Pasillas
Antier (5 de Febrero) la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cumplió 102 años de vigencia, desde su promulgación el 5 de febrero de 1917.
Por la trascendencia de esta celebración, vale la pena repasar algunos datos sobre su importancia y evolución histórica del constitucionalismo mexicano.
Nuestra constitución (como todas en el mundo) es la Norma Suprema o Carta Magna, creada y establecida para regir jurídicamente a la nación y el estado en México. Así, fija los límites y determina las relaciones entre los poderes de la federación ( legislativo, ejecutivo y judicial); entre los tres niveles de gobierno (Federal, Estatal y Municipal); así como entre todos ellos con los ciudadanos; estableciendo de igual manera las bases para el gobierno y la organización de las instituciones que lo integran, estableciendo además de sus facultades y competencias, lo más importante para la sociedad mexicana, que son los derechos y obligaciones de los ciudadanos y del pueblo en general.
A lo largo de su historia como una nación libre e independiente, México ha tenido diversas constituciones hasta llegar a la actual promulgada el 5 de febrero de 1917, que finalmente fue la base para que se desarrollara y consolidara durante el siglo XX y hasta la fecha como un estado nacional estable y democrático, cambiante y perfectible; que transitó de una nación convulsionada por constantes luchas fratricidas y sangrientas a una nación con estado de derecho e instituciones estables, sujetas a una dinámica de transformación social y creciente participación ciudadana; y de alternancia de gobiernos de diferente origen partidario que ahora culmina en un nuevo gobierno con una legitimidad de origen indiscutible que sin duda debe llevar a cambios de fondo de la estructura institucional y de su funcionamiento para una transformación urgente del Régimen Político de México, que por mandato popular elimine sus lacras y malas prácticas que han derivado en un país inmerso en la corrupción, la inequidad, la desigualdad social y económica, etc.
Todo esto hasta llegar a el marco constitucional actual, que norma y regula a estado y sociedad, en sus etapas moderna, contemporánea y diríamos post-contemporánea en la actualidad.
Sobre nuestra actual constitución puede decirse entre otras cosas:
Eso significa que más del 54% de los artículos Constitucionales es distinto a los vigentes hasta hace seis años. Esto, para quienes interesadamente prejuician a la actual Administración Federal de querer hacer modificaciones a la Constitución, y que en realidad lo que buscan es restablecer un marco jurídico que fue afectado con reformas y modificaciones hechas a la conveniencia de grupos de poder que en el fondo quieren mantener intocados intereses y controles sociales y económicos sustentados en una doctrina económica denominada Neoliberalismo.
Las anteriores consideraciones destacan la dinámica de la Constitución Mexicana que desde 1917 se ha reflejado en un gran número de cambios, modificaciones, adiciones, que en lo general han permitido modernizar y actualizar su contenido como base de la estructura política y jurídica del Estado Mexicano, a fin de ajustarla y adecuarla a los nuevos tiempos y circunstancias del país y del mundo.
Un problema derivado de esta dinámica de cambios es que se le ha convertido en un documento pesado y complejo en su aplicación e interpretación, llevándola incluso de norma fundamental a norma reglamentaria en muchas partes de la misma. Esta tendencia ha sido criticada por un prestigioso jurista el cual dice con un dejo de ironía que “…los mexicanos queremos poner todo en la constitución…” otro señala “…han llenado la Constitución de normas que no tienen nada que hacer ahí.”
El experto jurista José María Soberanes Diez se pregunta ¿… debe la Constitución ocuparse de la jornada escolar, que no se regulaba ni siquiera en la propia Ley General de Educación? (antes de la Reforma Educativa) ¿…Debe la Constitución regular los minutos de trasmisión (de la publicidad oficial y electoral) en los estaciones de radio y canales de televisión?
Y caracteriza a la propia Carta Magna como “…abigarrada y disfuncional…”; señalando: que “…podemos y debemos discutir si esta contiene las normas que queremos, pero para eso requerimos optimizar, aclarar y ordenar el texto actual de la misma. Eso permitirá un mejor manejo y conocimiento de la constitución, lo que sin duda tendría un gran impacto en la cultura jurídica del país.” (27 de agosto de 2018 en “24 horas”).
Por otro lado, un aspecto negativo de nuestra idiosincrasia es que las autoridades y los individuos tendemos al irrespeto en el cumplimiento y aplicación estricta de la constitución y las leyes derivadas de ella (estado de derecho); o peor aún, a una interpretación parcial, sesgada o selectiva de las mismas. Hay que recordar que desde la época colonial, la autoridad y los grupos sociales dominantes crearon con relación a muchas disposiciones legales dictadas desde España, la famosa expresión del “Se acata, pero no se cumple”.
Una tarea fundamental al respecto en las escuelas mexicanas, es arraigar en las nuevas generaciones como norma de conducta, EL RESPETO AL ESTADO DE DERECHO, EL EJERCICIO Y DEFENSA DE SUS DERECHOS Y EL CUMPLIMIENTO DE SUS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES; de lo anterior derivaría en consecuencia que todo individuo que accede a cualquier nivel y función de autoridad tenga como norma de conducta, el respeto y observancia de la ley en el cumplimiento de sus funciones y en su desempeño como servidor público en beneficio de las personas sin distingo alguno.
Ahora bien sobre la debatida interrogante de si debe mantenerse la actual Constitución o crearse una nueva; en lo personal estoy convencido de la vigencia presente y futura de nuestra actual Carta Magna como base de la estructura y funcionamiento del estado y de la sociedad en México.
Pienso que solo se justificaría una nueva Constitución, si se considerara urgente y necesario un nuevo sistema político que sustituyera a la República Federal y al Régimen Presidencial con división de poderes y niveles de Gobierno; para cambiarla por un régimen parlamentario al estilo europeo; o como plantean algunos proponentes, por un régimen semi-parlamentario que sería una mezcla de ambos regímenes con presidente y primer ministro y con el predominio del parlamento o congreso.
No creo que esta opción responda a nuestra idiosincrasia y evolución histórica, ni a la compleja realidad del país y de su población.
Además el texto actual de la Constitución, solo contiene una mínima parte de la original promulgada en 1917; es de hecho un documento diferente, actualizado, aunque algunas o muchas partes de su articulado debieran estar más bien incorporadas a leyes derivadas o reglamentarias.
Lo que requiere es una revisión a fondo, que la haga más ligera y centrada en las bases generales que debe contener para regir jurídicamente al país, a su sistema político de gobierno sustentado en el pacto federal republicano, que define para el estado mexicano sus estructuras de organización institucional y funcionamiento, así como la precisión de las garantías sociales y los derechos y obligaciones de las personas; con reformas y adecuaciones al texto de nuestra Constitución Política, para clarificar sus preceptos, eliminar contradicciones en su articulado (dejadas a propósito en otros momentos), fortalecer los valores éticos que sustentan el contenido de la misma y facilitar su aplicación, interpretación (para hacerla más precisa) y cumplimiento, que sustente un pleno Estado de Derecho para cuya vigencia y respeto todos somos corresponsables, tanto en el ámbito institucional como el ciudadano.
Es pues, momento histórico para converger en un objetivo común de cambio político y social, que sea una transformación integral de nuestro régimen político y de la relación de Gobierno y Sociedad, que sea incluyente y plural.
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Jacinto Gómez Pasillas