Demandó magistrado a gobernador Corral y dos funcionarios por silenciar su libre expresión 

La denuncia ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos que promovió el magistrado Luís Villegas Montes ya radicó  para su estudio, sustanciación y resolución en las supuestas violaciones en su contra cometidas por el gobernador Javier Corral, el Consejero Jurídico Jorge Espinoza y el Secretario General de Gobierno Luís Fernando Mesta.

Indica que el inicio del presente año de 2021, el Gobernador del Estado giró instrucciones a funcionarios del gobierno estatal para que presenten las denuncias, penales y administrativas, que consideren pertinentes en su contra.

Luego el  10 de marzo del 2021, el Consejero Jurídico de Gobierno del Estado, Lic. Jorge Espinoza Cortés, en cumplimiento a las instrucciones giradas por el Gobernador, presentó una Queja Administrativa en su contra.

El  12 de marzo del 2021, en el sitio web del Gobierno del Estado, se publicó el siguiente comunicado:

“Denuncia Consejería Jurídica a magistrado Villegas Montes ante Consejo de la Judicatura del Estado

- Se solicitó además, como medida precautoria, que sea separado de su cargo de manera temporal para el efecto de que se pueda llevar a cabo la investigación correspondiente

La Consejería Jurídica de Gobierno del Estado presentó una denuncia administrativa en contra del magistrado de la Séptima Sala Civil, Luis Villegas Montes, por los constantes ataques que de manera sistemática viene realizando al Gobierno del Estado y al gobernador de Chihuahua, Javier Corral Jurado.

La denuncia fue presentada el miércoles 10 de marzo debido que el magistrado Villegas ha faltado a los principios de ética, responsabilidad, profesionalismo, imparcialidad e integridad, toda vez que un magistrado del Poder Judicial del Estado no puede realizar ataques a otro poder, afirmó el consejero jurídico de Gobierno del Estado, Jorge Espinoza Cortés.

Precisó que el magistrado en mención, no puede atacar la política pública del combate a la corrupción que lleva a cabo el Gobierno del Estado en la Operación Justicia para Chihuahua “en donde se ha constituido el magistrado Luis Villegas Montes, como el defensor de oficio de varias personas imputadas”.

Señaló además que el magistrado deberá de abstenerse, guardar silencio, evitar hacer señalamientos de carácter público en los diferentes medios de comunicación y dedicarse a la función para la cual se le concedió una magistratura y se le paga un sueldo de los impuestos de los Chihuahuenses.

La denuncia se presentó ante el Consejo de la Judicatura del Estado, en espera de que se dé el cauce correspondiente para que se apliquen las sanciones correspondientes al magistrado Luis Villegas Montes.

Por último, informó que dentro de esa denuncia, se está solicitando una medida precautoria de que sea separado de manera temporal de su cargo el magistrado Luis Villegas Montes, para efecto de que se pueda llevar a cabo la investigación correspondiente y sea sancionado en los términos que establezca el Consejo de la Judicatura Estatal”.

El mismo 12 marzo de 2021, el Secretario General de Gobierno, Luis Fernando Mesta Soulé, expresó "‘Él puede pensar lo que sea y en una de sus borracheras puede decir lo que quiera, pero eso es otro tema. El tema es que yo no puedo decir ‘no soy secretario General de Gobierno, soy Luis Fernando Mesta y zúmbatelas, me pongo a decir LO QUE NO PUEDO DECIR. Yo creo que no entiende mucho su función, ni sus límites, ni el respeto que debe tener a la figura que representa”.

El 14 de marzo del 2021, el Consejero Jurídico del Gobierno del Estado, Lic. Jorge Espinoza Cortés publicó un artículo editorial en el periódico donde expresa: "ponerle un freno a su incontenible locuacidad que raya en la demencia... había visto o sabido de algún integrante del Poder Judicial (magistrado, ministro, juez, secretario o actuario), que haya despotricado tan fluidamente contra un servidor público de cualquiera de los otros dos poderes, nunca antes lo había visto.

Comenta Luís Villegas Montes que "Los actos de violencia institucional que el Gobierno del Estado realiza en mi contra por conducto de diversos funcionarios estatales, violan en mi perjuicio, lo dispuesto en el artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, relativo al derecho fundamental de libertad de expresión" conforme al artículo 19 y 1 de la Constitución.

Pide la vinculación del titular del Poder Ejecutivo en la Entidad en el periodo 2016-2021, Lic. Javier Corral Jurado, con los hechos y omisiones, "Es pertinente rescatar en este punto, tratándose de la administración pública centralizada y descentralizada, los criterios que sirven para distinguir a una de la otra; uno de los cuales, y no el de menor significación, es precisamente el de jerarquía. Es de explorado derecho que la centralización administrativa se caracteriza por la relación de jerarquía que liga a los órganos inferiores con los superiores de la administración".

"Es de tener en cuenta que el multireferido artículo 6.º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece, entre otros, dos derechos funcionalmente esenciales en la estructura del Estado constitucional de derecho, que tienen una doble faceta: por un lado aseguran a las personas espacios esenciales para desplegar su autonomía individual, que deben ser respetados y protegidos por el propio Estado y, por otro, gozan de una vertiente pública, colectiva o institucional que los convierte en piezas centrales para el adecuado funcionamiento de la democracia representativa. Es así que el derecho a la información, correlacionado con la libertad de expresión, son derechos fundamentales que gozan de una vertiente pública, colectiva o institucional, que los convierte en piezas básicas para el adecuado funcionamiento de la sociedad democrática; es decir, se trata de una libertad no sólo individual, sino que contiene una dimensión social y exige que se respete el derecho de los individuos no sólo a expresar el pensamiento propio, sino también, como miembros de un colectivo, a recibir información y conocer la expresión del pensamiento ajeno, lo que hace que revista la característica de ser de orden público y de interés social".

Al respecto, resulta aplicable, por analogía, la tesis: I.4o.A.13 K, de la Décima Época, con número de registro: 2002720, visible en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Libro XVII, del mes de febrero de 2013, Tomo 2, pág. 1329, de rubro: “CENSURA PREVIA. ESTÁ PROHIBIDA POR LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS COMO RESTRICCIÓN A LOS DERECHOS FUNDAMENTALES A LA INFORMACIÓN Y A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN, A MENOS DE QUE SE ACTUALICE LA EXCEPCIÓN CONTENIDA EN SU ARTÍCULO 13, NUMERAL 4.

Tips al momento

Aeropuerto de Creel aún no despega

A nivel a nivel nacional trascendió que el aeropuerto de Creel, no ha tenido mayor afluencia de visitantes, incluso, durante la pasada Semana Santa, temporada en la que se supone ese destino turístico registra un buen número de visitantes.

De acuerdo, con información publicada a nivel nacional, se dijo, que tan solo de febrero a marzo la estación aeroportuaria, disminuyó el número de usuarios un 62. 26 por ciento, pues de 363 bajó a 137 usuarios, en ese periodo.

De acuerdo con la información publicada el aeropuerto serrano recientemente puesto en marcha, casi se posicionó, en el último lugar de las terminales aéreas a nivel nacional y eso que en febrero se anunció que despegaba la actividad en esa terminal.

Se comentó, que ya no es utilizado ni por taxis aéreos o por servicios privados, sin atribuirse las causas a que sea uno de los menos demandados en el país, solo superado en este renglón, según se dijo, por el Tajín. en Poza Rica, allá en Veracruz.

Así que habrá averiguar qué es lo dicen las autoridades locales con respecto al uso de este aeropuerto que duró décadas en construcción y del que se tenían grandes expectativas de atracción de visitantes. ¿Faltarán todavía los permisos federales para su plena operación?


Las expectativas del sector manufacturero disminuyeron 1.33 puntos

De acuerdo al  Indicador Agregado de Tendencia, el sector manufacturero descendió 1.33 puntos, esto le colocó en abril con 52.24 puntos.

Dicha disminución fue producto de la caída en producción, menor personal ocupado y la demanda nacional, así como las exportaciones.

En contraste la capacidad de planta utilizada incrementó,  los inventarios de mercancías  y las ventas netas.

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