Segob pide que juez que concedió suspensión a dos casinos de Grupo Salinas sea separado del caso

La Secretaría de Gobernación (Segob) solicitó que sea separado de un juicio un juez que concedió una suspensión provisional a las empresas de apuestas deportivas bet365.mx y betano.mx., consorcios a los que les fueron bloqueadas sus cuentas por una investigación realizada por el gobierno federal.

El 11 de noviembre de 2025 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) informó que aseguró 13 casinos en los que se detectaron operaciones en efectivo, flujos internacionales y uso de plataformas digitales no supervisadas.  Dos de ellas son Bet365 y Betano operan bajo las razones sociales Ganador Azteca SAPI de CV y Operadora Ganador TV Azteca SAPI, ambas de Grupo Salinas.

De acuerdo con los listados del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), Francisco Javier Rebolledo, juez sexto de Distrito en Materia Administrativa, concedió la medida a ambas empresas.

“Se concede la suspensión provisional para el único efecto de que deje de surtir efectos la ejecución de la orden de bloqueo, interrupción o deshabilitación electrónica y no se prohíba a la quejosa operar los dominios, con el objeto de que no se obstaculice ni se restrinja el acceso del público suscriptor e inscrito a dichas plataformas digitales, en términos al permiso DGJS/DGAAD/DCRCA/P-01/2018”, menciona la notificación.

 

 

Tras conocer la medida del juez, la Segob presentó un recurso de queja en un Tribunal Colegiado, el cual lo declaró parcialmente fundado y modificó la suspensión provisional. En respuesta, el juez consideró la medida inadecuada, ya que por el momento no se han demostrado las acusaciones.

“Este Juzgador no comparte las consideraciones que tomó en cuenta el órgano colegiado para modificar la suspensión provisional, pues con independencia de lo establecido en el artículo 129, fracción I, de la Ley de Amparo, que según es equiparable para el caso, se tomó en cuenta lo previsto en la fracción XIV, de tal precepto legal”, menciona la notificación del pasado 5 de diciembre.

Agrega: “en lo referente a que debe negarse la medida suspensiva cuando la concesión pueda favorecer, ayudar, auxiliar o cooperar de manera efectiva en operaciones con recursos de procedencia ilícita o en conductas ilícitas relacionadas, lo cual no está demostrado plenamente en el presente asunto”.

Además de echar abajo la suspensión provisional, la Segob, a través del titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos, pidió la recusación, con lo que busca que el juez deje de conocer el caso.

“Se da trámite a la recusación solicitada; por tanto, se ordena remitir de inmediato al Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, en turno, los autos originales del cuaderno incidental del juicio de amparo en que se actúa, así como el escrito electrónico en el que se formula, y una copia simple del mismo para el Fiscal Ejecutivo de su adscripción, para que tenga a bien resolver lo que en derecho proceda”, menciona la notificación.

 

 

Con información de: LatinUs.

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