
Inicia abril y con ello empieza también el periodo para que las personas físicas presenten su declaración anual del ejercicio fiscal 2025.
Solo en el primer día de abril, ya se han presentado 599,035 declaraciones de personas físicas, informó el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La presentación de la declaración anual 2025 se puede hacer las 24 horas del día durante todo el mes de abril a través del Portal del SAT, en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/minisitio/DeclaracionAnual/Personas/index.html
Si tienes dudas sobre si tú estás obligado a presentarla, qué puedes deducir y cómo obtener tu saldo a favor, he aquí una guía que responde estas preguntas básicas:
Es obligatorio presentar declaración anual para quienes obtuvieron ingresos en 2025 de la siguiente manera:
1. Sueldos y salarios:
Si los ingresos por jubilación o pensiones no excedieron de $619,103 pesos en todo el año.
2. Servicios profesionales.
3. Actividades empresariales, que incluyen Plataformas tecnológicas, región fronteriza y Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) con coeficiente de utilidad.
4. Arrendamiento de bienes inmuebles.
5. Enajenación o adquisición de bienes.6. Intereses o dividendos.
“Las personas físicas con actividad empresarial en Régimen Simplificado de Confianza (Resico), este año no van a tener necesidad de hacer una declaración anual. Basta con las declaraciones mensuales”, explicó Andrés Liberman, director general y fundador de la plataforma de gestión fiscal Cenit.
Con info de El Economista