Prohíbe Scjn retener licencia, placas o tarjeta de circulación para cobrar multas

La Suprema Corte de Justicia de la Nación quitó la facultad de la Policía Vial Estatal de recoger y asegurar en garantía para el pago de infracciones vehículos de motor, tarjeta de circulación, placas y/o licencia de manejo.

Se estableció que en ningún caso se asegurarán como garantía de pago de las infracciones el permiso para circular, la tarjeta de circulación, la licencia de manejo o placas a los conductores que infrinjan la ley o su reglamento. 

El Tribunal Pleno estimó que los estados tienen facultades para regular los medios para garantizar el cobro de sanciones de tránsito y que los artículos impugnados no invaden la esfera de competencia del municipio.

Se trató de la controversia constitucional 326/2017, promovida por el Municipio de Oaxaca de Juárez, Oaxaca, demandando la invalidez de diversas disposiciones de la Ley de Tránsito, Movilidad y Vialidad del mencionado Estado, publicada en el Periódico Oficial de dicha entidad el 27 de octubre de 2017, mediante Decreto 732.
 

Tips al momento

Las expectativas del sector manufacturero disminuyeron 1.33 puntos

De acuerdo al  Indicador Agregado de Tendencia, el sector manufacturero descendió 1.33 puntos, esto le colocó en abril con 52.24 puntos.

Dicha disminución fue producto de la caída en producción, menor personal ocupado y la demanda nacional, así como las exportaciones.

En contraste la capacidad de planta utilizada incrementó,  los inventarios de mercancías  y las ventas netas.

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