Propongo que sea bipartita la política de desarrollo forestal: Bazán

El desarrollo forestal debe ser impulsado por el Estado y municipios para que inyecten recursos que conlleven a la restauración de las áreas verdes y aquellas forestales que han existido desde siglos.

Por esto, propuse reformar la Ley de Desarrollo Forestal Sustentable en su artículo 55, precisamente con el impulso coordinado de las autoridades. 
En este sentido, los gobiernos estatal y municipales, deben coordinarse para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, instrumenten programas de restauración integral, así como para el monitoreo y seguimiento de éstos.

Además, se contempla el impulso a reforestación y restauración de las áreas verdes, preferentemente, con especies forestales nativas o endémicas.

Si impulsamos estas acciones, se vuelven fundamentales para proteger el medio ambiente, conservar la diversidad de plantas y animales y mitigamos el cambio climático 
La reforestación y restauración de áreas verdes son acciones fundamentales para proteger el medio ambiente, conservar la biodiversidad y mitigar el cambio climático. Es crucial promover estas actividades utilizando especies forestales nativas o endémicas, ya que contribuyen a la preservación de los ecosistemas locales y fomentan la adaptabilidad de la flora y fauna a su entorno.

Hoy más que nunca es esencial que trabajemos en mitigar los procesos de degradación que cambian los climas y nos hacen perder servicios ambientales.

La reforestación beneficia en la estabilización de las condiciones actuales del ambiente y promover su mejoramiento a través de diversas prácticas y actividades, entre las que sobresale la reforestación.

Los especialistas señalan que la sobreexplotación indiscriminada de bosques y selvas reduce la diversidad de especies de los ecosistemas en los que se encuentran, poniendo en una situación de riesgo a la flora y fauna locales.

Otras consecuencias son la disminución a gran escala o la eliminación de la caída de hojarasca y la descomposición orgánica, causando la disgregación de las partículas de tierra, la pérdida de la capacidad para retener la humedad, la reducción de filtración de agua, el arrastre de partículas, la pérdida de fertilidad, la erosión y compactación del suelo. Con un interés y compromiso social eficaz, los productos y servicios ambientales pueden ser de rendimiento indefinido. La reforestación es una actividad clave para el logro de este objetivo.

La legislación quedará así:

Artículo 55. La reforestación que se realice con propósitos de conservación y restauración, las actividades de forestación, revegetación y las prácticas de agrosilvicultura en terrenos degradados de vocación forestal, no requerirá de autorización y solamente estarán sujetas a las normas oficiales mexicanas.

Las acciones de reforestación que se lleven a cabo en los terrenos forestales sujetos al aprovechamiento deberán incluirse en el programa de manejo forestal correspondiente.

El prestador de servicios técnicos forestales que, en su caso, funja como encargado técnico, será responsable solidario junto con el titular, de la ejecución del programa en este aspecto.

La forestación, reforestación o revegetación, de las áreas degradadas, será una acción prioritaria en los programas de manejo prediales, zonales o regionales.

Se consideran prioritarias las zonas incendiadas, especialmente las que hayan sufrido incendios reiterados.

Por lo que se refiere a las áreas prioritarias a las que alude el párrafo anterior, y en atención a lo dispuesto por la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en las campañas de reforestación se podrán utilizar plantas de renuevo que hayan germinado y se hayan desarrollado en la región a reforestar.

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