Lenia Batres libra amparos tramitados en su contra

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La ministra Lenia Batres Guadarrama evadió que dos jueces federales la obliguen a quitar la restricción de los comentarios de usuarios en X, antes Twitter.

Por eso, los jueces Tercero de Distrito en materia de Amparo Civil, Administrativo, de Trabajo y de Juicios Federales en el estado de Puebla y Segundo de Distrito en materia Administrativa en la Ciudad de México dieron carpetazo a dos amparos tramitados por usuarios de X que alegaron que esta restricción implicaba un bloqueo de la red social.

Este bloqueo, según los quejosos, vulnera sus derechos humanos, sin embargo, en ambos casos la ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidió seguir a quienes la demandaron para que estos puedan comentar sus publicaciones.

De este modo, la ministra indicó a los jueces que ya no existe la restricción que reclamaron los quejosos.

“No se advierte que exista una restricción o ‘bloqueo’ que le impida manifestarse públicamente o le restrinja el ejercicio de su derecho de petición; sin que el promovente ofreciera ningún medio de prueba tendente a desvirtuar las manifestaciones que realizó la responsable Lenia Batres Guadarrama, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al rendir su informe justificado, por lo que debe prevalecer la inexistencia del acto reclamado”, señaló la juez de Puebla, Julieta Ramírez Fragoso en su sentencia emitida en el expediente 121/2024.

En el caso resuelto por el juez Segundo de Distrito en la CDMX, Germán Cruz Silva, el quejoso advirtió que aunque la ministra lo siguió para permitirle comentar sus publicaciones, existía la posibilidad de que, una vez que concluyera el juicio de amparo, la integrante de la Corte decidiera dejar de seguirlo para restringirlo nuevamente.

Sin embargo, al tratarse de hechos que aún no ocurren el juez señaló que no puede intervenir de ninguna manera pues el usuario de X podrá nuevamente tramitar un juicio de amparo, para el caso de que la ministra Batres lo vuelva a restringir.

“Tal manifestación se trata de una expectativa sobre el posible actuar de la responsable, de ahí que no se trate de un hecho cierto y verificable, sino futuro de realización incierta, respecto del cual el juicio de amparo no puede pronunciarse.

“Con independencia de lo anterior, para el supuesto de que se genere una nueva restricción el peticionario se encuentra en aptitud de plantear una nueva acción de amparo”, refirió el juzgador en el expediente 99/2024.

En tanto, la ministra Batres precisó que desde que llegó a la Corte no ha bloqueado a ningún usuario en X y reconoció que únicamente restringió las respuestas de sus publicaciones exclusivamente a sus seguidores.

Añadió que ella creó su cuenta en el año 2010, cuando la red social se llamaba Twitter, y que no lo hizo para dar a conocer las labores de ningún funcionario, por lo que la restricción que tiene activada en su perfil no contradice los criterios emitidos por la Corte en el sentido de que las redes sociales también pueden ser utilizadas para ejercer el derecho de petición y las autoridades a quienes se dirigen dichas peticiones están obligadas a responder a los usuarios.

“La Ministra Lenia Batres reconoce que los servidores públicos deben tolerar una mayor intromisión en su derecho al honor, vida privada y en la propia imagen al recibir críticas por el desempeño de su cargo e invita a los usuarios de redes sociales a un ejercicio responsable de la libertad de expresión buscando siempre la veracidad en las informaciones que difunden”, señaló mediante un comunicado.

Con información de proceso.com

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