13Lyu2ECIUDAD DE MÉXICO (apro) .- El bloque mayoritario de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), encabezado por la presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, validó hoy la negativa de abrir una investigación contra Morena y funcionarios públicos por la elaboración y la distribución de “acordeones” durante la elección judicial del pasado 1 de junio, tal y como lo pidió la asociación civil Proyecto y Justicia Común. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2EEsta organización había presentado una queja ante la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto Nacional Electoral (INE), en la cual denunciaba al partido guinda y a funcionarios públicos por presunta inducción y coacción del voto, uso indebido de recursos públicos y vulneración al principio de equidad. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2ELa organización basó su argumento en una nota del diario “Reforma” que documentó el reparto de “acordeones” a través de brigadistas de la Ciudad de México, pagados con 8 mil pesos mensuales, y otra nota que señaló a un sitio de Internet por “alimentar y controlar en tiempo real la movilización de votantes captados por brigadistas”. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2EEl área técnica del INE realizó una breve investigación preliminar y desechó la queja, pues estimó que la organización no le había entregado elementos de prueba suficientes para investigar los presuntos delitos. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2EEl argumento del INE fue respaldado por los magistrados afines al oficialismo, incluyendo Felipe Fuentes Barrera, quien sostuvo que la queja “no incluyó referencias específicas sobre los hechos” como fechas, lugares o personas responsables. “Sí fue correcta la decisión de desechar la denuncia”, sentenció. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2EMónica Soto agregó que la organización presentó la queja el 30 de mayo, es decir, un día antes de la elección, por lo que la organización “difícilmente” podía probar las consecuencias que tuvo la propaganda en los resultados de la elección. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2EEl magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, quien votó en contra del acuerdo, estimó que la UTCE no debió “quedarse en un nivel de investigación preliminar para desechar de plano la denuncia”, sino abrir un expediente y desplegar “mayores actuaciones de investigación”, pues no tomó en cuenta los obstáculos para un denunciante de conseguir evidencias que acrediten estos delitos. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2E“Un ciudadano o una asociación civil no tiene facultades para requerir a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores ni al banco; el INE sí las tiene”, dijo Rodríguez, quien insistió en que la UTCE “pudo ordenar una serie de diligencias” respecto a los cheques pagados a los brigadistas, o a lanzar una investigación junto con la Unidad de Fiscalización. 13Lyu2E Omnia.com.mx
13Lyu2ECon información de proceso.com.mx13Lyu2E Omnia.com.mx