Golpe a la censura: declaran inconstitucional el delito de ciberasedio en Puebla

Un juzgado federal en Puebla declaró la inconstitucionalidad del delito de "ciberasedio" incluido en el código penal estatal, según informó este jueves el Consejo Nacional de Litigio Estratégico (CNLE) en un comunicado.

La justificación de la decisión radicó en que la formulación del delito se percibe como ambigua, lo cual vulnera el derecho fundamental a la libre expresión de ideas.

"En un amparo del Consejo Nacional de Litigio Estratégico, un juzgado federal concedió a un ciudadano el amparo contra el artículo 480 del Código Penal de Puebla —reformado en 2025— al concluir que el tipo penal de "ciberasedio" es inconstitucional por su diseño amplio y ambiguo, y por el efecto silenciador que produce sobre la deliberación pública", se lee en la misiva.

Asimismo, el Consejo consideró que la acción penal funciona en práctica de un instrumento de censura estatal, debido a que la ley no define con claridad qué conductas de los usuarios de plataformas digitales son específicamente motivo de sanción.

El juzgado destacó que la impresión de la norma otorga un margen excesivo de discrecionalidad al estado para decidir, por cada uno de los casos, qué expresiones pueden considerarse ilícitas.

Además, la justicia federal advirtió sobre la creación de una "zona de riesgo" en el debate público, donde las personas prefieren “autocensurarse” antes que enfrentar una posible persecución penal por sus críticas o comentarios en internet.

Este fenómeno de autocensura es identificado en el fallo como un efecto inhibitorio que silencia la deliberación democrática, afectando directamente la participación ciudadana en los temas de relevancia general y política.

La sentencia refuerza los estándares internacionales en materia penal, reafirmando que cualquier ley que pretenda regular la libertad de expresión debe ser precisa para evitar el uso del derecho penal como herramienta de control.

Finalmente, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico celebró la decisión al considerarla un precedente persuasivo fundamental que protege la crítica pública y la garantiza que el entorno digital se mantenga como un espacio libre de intervenciones estatales arbitrarias.

 


Con información de: LatinUs.

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