La reforma que aprobó el cabildo de Chihuahua para aumentar la multa de casi un millón de pesos por interpretar narcocorridos cobró vigencia el 25 de septiembre del 2018, sin embargo también deja como opción también de castigo cárcel de 36 horas.
Se trata de la reforma al artículo 222 del Reglamento de diversiones y espectáculos para el municipio de Chihuahua
Artículo 222. ...
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La multa que se impondrá como sanción por la violación a las disposiciones contenidas en los artículos 208 fracciones I y VII, y 209 fracción I, que estén relacionadas exclusivamente con la interpretación o reproducción de contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos, será equivalente de 6,500 a 12,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente.
Los ingresos obtenidos por este último concepto serán destinados en su totalidad a la prevención del delito y la inseguridad.
El Bando de Policía y Gobierno del municipio establece:
Se sancionarán con multa por el equivalente de 31 a 50 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, o arresto de 25 a 36 horas, las infracciones comprendidas en el artículo 7, fracciones IV, VII, XIII, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXII, XXIII, XXIV y XXV; artículo 8, fracciones III, IV, V, VI, VIII, IX, X, XII, XIII, XV y VI; artículo 9, fracciones II y V; artículo 10, fracciones II, V y VI; y artículo 11, fracciones II, V, VI, VII, VIII y IX.
Las infracciones comprendidas en el artículo 7 fracción XXVI “Interpretar y/o reproducir contenidos musicales, videos, imágenes o cualquier otro similar que hagan apología del delito o de los autores de hechos ilícitos, en los espectáculos públicos, artísticos o de variedad, en los cuales se requiera permiso de la autoridad municipal para su realización”, se sancionarán con multa por el equivalente de 6,500 a 12,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, o arresto de 25 a 36 horas.
La multa podrá duplicarse en caso de que el sujeto a la sanción haya sido acreedor a una sanción por los mismos actos dentro de los últimos 5 años. Los ingresos obtenidos serán destinados en su totalidad a la prevención del delito y la inseguridad.