El consejero jurídico del Gobierno del Estado, Jorge Alberto Espinoza Cortés anunció que en próximos días se presentará una solicitud ante el Congreso de la Unión para iniciar juicio político en contra del Juez Octavo de Distrito, José Tomás Acosta Canto y los titulares del Primer Tribunal Colegiado de Circuito en materia penal por la suspensión provisional que se concedió al magistrado Jorge Abraham Ramírez Alvídrez.
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Posted by Omnia Noticias on Thursday, March 26, 2020
Asimismo, se presentará una queja en el Consejo de la Judicatura Federal para que se revise la actuación del juez y magistrado pues ya existen diversos amparos que se conceden a favor de ex funcionarios de la pasada administración acusados de corrupción en actos que por jurisprudencia, no aplican los amparos.
Espinoza Cortés indicó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió en 2004 la jurisprudencia 181159 que dice que “Declaración de procedencia, los efectos y consecuencias derivados de dicho procedimiento no son susceptibles de suspenderse en el juicio de amparo indirecto”.
En este sentido, la sentencia de la SCJN detalla que: “En virtud de que la declaración de procedencia prevista por el artículo 111 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, sólo constituye un requisito de procedibilidad previo al ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público, en contra de alguno de los servidores públicos señalados en el citado numeral, y tomando en consideración que para otorgar la suspensión, dentro de un juicio de amparo indirecto, debe verificarse si tal medida cautelar puede originar perjuicios al interés colectivo, se concluye que los efectos y consecuencias derivados del indicado procedimiento constitucional no son susceptibles de suspenderse, ya que ello irrogaría perjuicio al interés social, pues permitiría que al amparo de la inmunidad de que gozan los mencionados servidores públicos, pudieran quedar impunes delitos cometidos por ellos, lo que, evidentemente, contraviene el interés de la colectividad”.
Manifestó que dicha jurisprudencia, impide que un juez federal conceda suspensiones de amparo sobre actos como un procedimiento de desafuero.