zQQ9WjyUno de los temas que ha cobrado relevancia en los últimos años en nuestro estado es la visibilización de la violencia vicaria. Y debería tener aún más. Basta mirar los dos acontecimientos recientes que estremecieron a Chihuahua: en uno, un niño; en otro, dos niñas, fueron privados de la vida —presuntamente— con el objetivo de dañar a sus madres. En el último de los casos, las fuentes periodísticas mencionan que incluso se enviaron fotografías y mensajes previos a cometer los atroces actos.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyA pesar de estas dolorosas manifestaciones, aún hay quienes se niegan a reconocer la violencia vicaria con la gravedad que amerita. En el Congreso del Estado de Chihuahua han existido diversas iniciativas con carácter de decreto que buscaban incorporar, al menos, el concepto en nuestro marco jurídico. Todas han sido desechadas o “reventadas” en comisiones. Ni hablar de legislar su inclusión como tipo penal.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyAlgunas voces, desde de una supuesta neutralidad, se rehúsan a entenderla como una forma de violencia de género. Prefieren nombrarla como “alienación parental”, “conflicto familiar” o dicen que “ambos pueden ejercerla”. Hay que decirlo, la violencia vicaria, como explica Lucía Núñez, del Centro de Investigaciones y Estudios de Género (CIEG) de la UNAM, “significa violentar a través de una persona, en este caso hijas e hijos, para dañar a la madre; es decir, hay un medio a través del cual se perpetúa, no es directa”. Por eso, debe reconocerse como una forma específica de violencia de género.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjySí, de género. Porque se ejerce en un contexto estructural de desigualdad de poder entre hombres y mujeres, y tiene como fin castigar, controlar o vengarse de la mujer por haber puesto límites, terminado una relación o intentar vivir con libertad su proyecto de vida. Basta ver, insisto, los últimos acontecimientos en la entidad para dar muestra de ello.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyTanto la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, como la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y múltiples sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, insisten en que esta modalidad de violencia debe mirarse con enfoque de género.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyLa Ley General ya lo dice con claridad: la violencia vicaria es todo acto u omisión que, con el objetivo de causar daño a una mujer, se dirige contra sus hijas, hijos, familiares o personas cercanas. Y se manifiesta de muchas formas: desde amenazas con sustraer o dañar a los hijos, hasta manipular emocionalmente, utilizar a las y los menores como herramientas de control, obtener información, o iniciar juicios de custodia basados en engaños.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyPor eso es urgente que las y los próximos juzgadores en materia familiar cuenten —al menos— con una noción básica o aproximación, pero real, de perspectiva de género.zQQ9Wjy Omnia.com.mx
zQQ9WjyLa violencia vicaria no es un conflicto entre papá y mamá. No es una guerra de custodias. No es alienación parental. Es violencia de género, y tiene nombre. Es una agresión que instrumentaliza el vínculo madre-hijo para castigar a la mujer. Que utiliza el amor de una madre como arma para infligir sufrimiento. Negarla, omitirla o relativizarla es también perpetuarla.zQQ9Wjy Omnia.com.mx