
La Suprema Corte de Justicia de la Nación confirmó que la formación universitaria en instituciones públicas debe mantenerse sin costo hasta la obtención del título profesional. El criterio quedó fijado al resolver el amparo en revisión 527/2025, a partir de un proyecto presentado por el ministro Hugo Aguilar Ortiz.

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El caso surgió a partir del recurso promovido por un alumno de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México que impugnó el pago de 3 mil pesos exigido para cursar el programa denominado “Curso de Comprensión de Lectura”, requisito necesario para cumplir con los planes de estudio 2117 y 2125 y poder concluir el proceso de titulación.
Al estudiar el asunto, el pleno del tribunal constitucional determinó que la reforma educativa aprobada en 2021 impone a las universidades públicas la obligación de asegurar la enseñanza superior sin cargos económicos. El debate generó posiciones encontradas entre los integrantes del máximo órgano judicial, pero finalmente siete ministros respaldaron la propuesta elaborada por Aguilar Ortiz.
Durante la exposición del proyecto se sostuvo que permitir ese tipo de pagos crea una barrera económica que afecta el principio de igualdad. El ministro explicó que aceptar el cobro del curso impugnado “genera discriminación, en virtud de que solamente las personas que cuentan con recursos económicos se encuentran en aptitud de acceder al curso (en este caso de compresión del idioma inglés) para liberar un requisito de titulación”.
La resolución también establece que el principio de educación universitaria sin costo debe abarcar, como mínimo, los componentes indispensables para acreditar una licenciatura. Con ello, el tribunal consideró que se fortalece la eficacia del derecho a cursar estudios superiores sin pago, al exigir a las autoridades educativas garantizarlo con el máximo de los recursos disponibles y asegurar así el acceso real al grado profesional.
Como parte de la sentencia, los ministros declararon ineficaces los argumentos presentados por la dirección de la Facultad de Derecho de la UNAM para justificar el cobro del curso.

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En sus intervenciones durante la sesión, Aguilar Ortiz explicó que el alcance de la gratuidad no se limita al ingreso o a las cuotas escolares. Señaló que el marco legal también abarca el acceso, la permanencia y la conclusión de los estudios.
“Ahora tenemos que pensar que es para cumplir una función social dentro de la sociedad, para nutrir un objetivo colectivo, para impulsar el bienestar en el país. Es decir, no sólo cumple una finalidad individual, que yo quiera hacer o tener alguna profesión o determinado conocimiento o determinada habilidad, sino que también tiene una dimensión colectiva.
“La educación y de ahí que también el egreso, la titulación, pues cumpla una función y desde mi perspectiva está incluida”, expresó el ministro presidente.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf coincidió en que la enseñanza superior debe cubrir todo el trayecto académico hasta la obtención del grado. “Los estudios ordinarios obviamente deben de ser gratuitos. Si te están autorizando para ingresar a una educación gratuita, incluye el egreso”, afirmó.

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Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que respaldó el proyecto porque, en su opinión, la resolución fortalece el principio de justicia social. Señaló que el fallo se pronuncia “a favor de la justicia social y por el derecho a la educación en todos los niveles y para todas las personas en nuestro país”.

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Con información de: Político.mx