Congelar cuentas sin orden judicial pone en riesgo a Mipymes, advierten especialistas

Facultar a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) a congelar cuentas bancarias sin la orden de un juez, colocará a las empresas en una situación de riesgo económico y reputacional que amenazará su subsistencia, principalmente las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), expuso la presidenta de la Comisión Nacional de Lavado de Dinero y Anticorrupción del Instituto Mexicano de Contadores Públicos, Angélica María Ruiz López.

En entrevista explicó que, si la UIF no ejerce esa poderosa facultad con absoluto rigor técnico, puede perjudicar a empresas inocentes que nada tienen que ver con el lavado de dinero o financiamiento al terrorismo.

El problema -alertó la especialista- es que, al bloquearles el acceso a sus cuentas bancarias, las colocará al margen del sistema financiero y eso tiene consecuencias inmediatas.

La especialista detalló que no podrán recibir pagos de sus clientes, realizar transferencias para hacer frente a obligaciones financieras, ni consultar saldos o estados de cuenta. Nada.

Por otra parte, en el caso de que pudieran seguir operando con dinero en efectivo, lo cual implicaría, de entrada, convencer para ello a sus proveedores y clientes, quedarían al margen de obtener algunos beneficios fiscales que exigen operar usando la banca.

Por otra parte, recalcó que el impacto en la reputación de las empresas por haber sido inscritas en la Lista de Personas Bloqueadas puede generar consecuencias perniciosas. Primero porque nadie quiere hacer negocios con alguien señalado de lavar dinero o financiar al terrorismo y, segundo, porque nadie quiere aparecer ante los ojos de la autoridad con vínculos con una persona o empresa con cuentas congeladas, simplemente porque también puede ser investigada por la autoridad.

Empresas enfrenta dificultades para defenderse ante bloqueos de la UIF

Por otra parte, la contadora expuso que, si bien se trata de una situación provisional pues se ejecuta para detener el flujo de efectivo que podría destinarse al lavado de dinero o financiamiento de organizaciones terroristas, toma tiempo defenderse de una situación así.

Debido a que la carga de la prueba se deposita en la persona señalada, son las empresas quienes tendrán que demostrar que el origen del dinero que está en sus cuentas es lícito y no quien las acusa, añadió.

Lo preocupante, subrayó, es que es casi imposible probar hechos negativos, “es decir, yo no hice lo que tú presumes que yo hice”.

Además, lo grave es que hay que comprobarlo ante la UIF y es esa dependencia la que debe determinar si las pruebas que se ofrezcan son suficientes para eliminar su sospecha de que la persona o empresa en cuestión no lava dinero o facilita el financiamiento al terrorismo.

Mipymes, las más afectadas por el congelamiento de cuentas

Angélica María Ruiz López llamó la atención sobre que, por todas estas razones, quienes pueden resultar más afectadas son las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) que no hayan implementado medidas preventivas para reducir estos riesgos como una robusta investigación de sus clientes, proveedores e inversionistas.

En ese aspecto, la Coparmex planteó que el impacto de esta resolución recae de manera desproporcionada sobre las Mipymes, que representan más del 99% del tejido empresarial y cuya operación depende de la liquidez diaria.

A diferencia de las grandes corporaciones, carecen de estructuras jurídicas y reservas financieras para enfrentar procesos prolongados ante la UIF o tribunales.

Un bloqueo de cuentas, incluso cautelar, puede impedir el pago de nómina, proveedores o créditos, poniendo en riesgo empleos y la viabilidad del negocio, remarcó.

Exige Coparmex eliminar vacíos legales

Ante ese panorama, la Coparmex solicitó al Congreso de la Unión legislar para cerrar los huecos que hay en el marco legal con el que se realizarán bloqueos de cuentas bancarias.

Concretamente consideró que es necesario definir con claridad los supuestos que justifican un bloqueo, mediante criterios objetivos y verificables.

Además, planteó establecer un control judicial oportuno que revise la legalidad de la medida en un plazo máximo de 72 horas.

También señaló que es importante garantizar la notificación inmediata al titular, con fundamentos claros que permitan ejercer su defensa.

En opinión de la Coparmex, se necesita, además, crear un régimen de responsabilidad para los casos en que existan afectaciones derivadas de actuaciones infundadas e incorporar criterios de transparencia mediante la publicación periódica de información sobre el uso de estas facultades.

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