Obliga Ley de Adquisiciones haya testigo social en licitaciones públicas

En las licitaciones públicas podrán participar testigos sociales. En las licitaciones cuyo monto rebase el equivalente a quinientas veces el valor anual de la Unidad de Medida y Actualización vigente, así como en aquellos casos en que la Función Pública o el Órgano Interno de Control que corresponda, determine atendiendo al impacto social de la contratación, la participación del testigo social será obligatorio.

La  Función Pública tendrá a su cargo el padrón público de testigos sociales, quienes participarán en todas las etapas de los procedimientos de licitación pública a los que se refiere esta Ley, con voz, y emitirán un testimonio final que incluirá sus observaciones y recomendaciones, mismas que tendrán difusión en el portal oficial de internet de cada ente público, así como en el Sistema Electrónico de Compras y se integrará al expediente respectivo.

Los testigos sociales tendrán las funciones siguientes:

  1. Proponer a las personas convocantes fortalecer la transparencia, imparcialidad y las disposiciones legales en materia de adquisiciones, arrendamientos y servicios.
  2. Dar seguimiento al establecimiento de las acciones que se recomendaron derivadas de su participación en las licitaciones
  3. Videograbar, si así lo desea, todos los procesos de las licitaciones a las que asista para fines de transparencia.
  4.  Emitir al final de su participación el testimonio correspondiente, del cual entregarán un ejemplar a la Función Pública o al Órgano Interno de Control que corresponda. Dicho testimonio deberá ser publicado dentro de los diez días hábiles siguientes a su participación en el portal oficial de internet del ente público que corresponda.

En caso de que el testigo social detecte irregularidades en los procedimientos de contratación, deberá remitir su testimonio al área de quejas del Órgano Interno de Control del ente público o a la Función Pública.

En ningún caso, las observaciones presentadas por los testigos sociales podrán suspender el procedimiento de licitación.

Los entes públicos podrán celebrar convenios entre sí, a efecto de facilitar el uso y manejo del padrón público de testigos sociales, o bien, estarán facultados para crear uno propio, en los términos de esta Ley y su Reglamento.

El testigo social que participe en una licitación deberá ser la misma persona en todas las etapas del procedimiento.

Se podrá exceptuar la participación de los testigos sociales en aquellos casos en que los procedimientos de contrataciones contengan información clasificada como reservada y que pongan en riesgo la seguridad pública, en los términos de las disposiciones legales aplicables.

 

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Autoridades locales de México en defensa de Cruz se lanzan contra Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua 

La Mesa Directiva de la Asociación de Autoridades Locales de México, A.C. -AALMAC-, emitió en un comunicado en donde "condena" agresiones en contra del alcalde con licencia Cruz Pérez Cuéllar de las que culpa a la Fiscalía Anticorrupción de Chihuahua de la que es titular Abelardo Valenzuela.

Señalan que a través Fiscalía Anticorrupción, ordenó el allanamiento a la vivienda del candidato de Morena a la presidencia municipal de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, poniendo en riesgo su integridad y la de su esposa e hijos.

"Presidentas y presidentes progresistas reconocemos al compañero Cruz Pérez por el importante trabajo que ha realizado en favor del Bienestar de los juarences, razón por la que fue electo para contender nuevamente por la presidencia municipal, en apego a sus derechos constitucionales y a la voluntad del pueblo de acudir de manera libre y voluntaria a emitir su voto el próximo 2 de junio.
Por ello, exigimos al gobierno de Chihuahua que respete el proceso electoral y se brinden garantías a todas las candidatas y candidatos para que realicen su labor proselitista con seguridad y en un ambiente de armonía y equidad, que permita que sea únicamente el pueblo quien decida quienes deben ser sus próximas autoridades", señala.

Expresan su solidaridad y respaldo de los gobiernos municipales progresistas, como el de Cruz Pérez Cuéllar.

 


Otorga federación al gobierno de Chihuahua el inmueble del Cereso3 en Juárez

El Gobierno Federal destinó al Gobierno del Estado de Chihuahua, el inmueble federal del Cereso 3 en Ciudad Juárez.

El  04 de marzo de 2022, el Gobierno del Estado de Chihuahua, solicitó se le otorgue el Acuerdo Administrativo de Destino del inmueble federal, para continuar utilizándolo como instalaciones que ocupa el CERESO Tres de Ciudad Juárez, para formar parte del Complejo Judicial del Distrito Judicial Bravos.

El inmueble cuenta con Registro Federal Inmobiliario 8-8923-7, con superficie de 300,281.075 metros cuadrados, ubicado en Calle Barranco Azul sin número, Colonia Toribio Ortega, Código Postal 32675, Municipio de Juárez, Estado de Chihuahua.

El Gobierno del Estado de Chihuahua, deberá custodiar y vigilar el inmueble, quedando obligado a cubrir los gastos necesarios para su conservación y mantenimiento, y demás servicios inherentes que en su caso se generen, así como el correspondiente aseguramiento contra daños del inmueble

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