En Congreso del Estado se aprobó el dictamen a la propuesta de la diputada Isela Martínez del PAN, para reformar la Ley de Turismo del Estado de Chihuahua, con el objeto de incluir a la Comisión de Turismo y Cultura del Poder Legislativo dentro de los integrantes del Consejo Consultivo Estatal de Turismo.
El 15 de septiembre de 2021, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado, el Decreto No. LXVII/RFLEY/0007/2021 I P.O, en virtud del cual, se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Estado de Chihuahua; observándose entre otros aspectos, la creación de la Comisión de Turismo y Cultura, anteriormente denominada Comisión de Economía, Turismo y Servicios del H. Congreso del Estado, cuyo propósito, radica en proveer un tratamiento transversal de estos temas.
La referida reforma a la Ley Orgánica de este Poder Legislativo, por lo que respecta a la denominación de esta Comisión de mérito, busca contribuir con elementos para la definición de políticas públicas, para quienes participan tanto en el sector turístico, como cultural, independientemente del ámbito de acción, ya sea público, empresarial, académico o social.
El 19 de mayo de 2012, fue publicada la Ley de Turismo del Estado y se creó el Consejo Consultivo Estatal, como un órgano de consulta de composición colegiada, interinstitucional y plural, a cargo de la Secretaría de Innovación y Desarrollo Económico del Gobierno del Estado, teniendo por objeto, proponer la formulación de las estrategias y acciones de coordinación de las dependencias y entidades de la Administración Publica Estatal, con el fin de lograr un desarrollo integral de la actividad turística estatal, además, de utilizar entre otros aspectos, mecanismos de foros de consulta y memorias publicadas, además de coadyuvar en el desarrollo de la actividad de dicho sector.
El referido Consejo Consultivo, de acuerdo al artículo 7 del ordenamiento jurídico mencionado con antelación, se encuentra integrado por:
I. La persona titular de la Secretaría, quien lo presidirá, pudiendo designar a otra persona en su nombre y representación.
II. El Titular de la Secretaría de Hacienda, o la persona que éste designe.
III. La persona que presida de la Comisión de Economía, Turismo y Servicios del H. Congreso del Estado.
IV. Los Presidentes de los Consejos Consultivos Regionales, mismos que participarán en función de su adscripción territorial atendiendo a la Agenda prevista por el Presidente del Consejo.
V. Tres representantes de las asociaciones del sector turístico debidamente constituidas, quienes tendrán voto en lo particular, cada uno de ellos.
VI. Hasta tres invitados especiales del sector educativo, a propuesta del Presidente del Consejo Consultivo Estatal.
Podrán ser invitadas las instituciones y demás entidades públicas, privadas y sociales que se determinen, y demás personas relacionadas con el turismo, las cuales participarán únicamente con derecho a voz.
El cargo de Consejero será honorario, por lo que su desempeño no representará remuneración alguna.
Se observa la integración de la persona que presida la entonces Comisión de Economía, Turismo y Servicios del H. Congreso, de tal suerte, que se estima substancial realizar la reforma correspondiente, a fin de que se advierta el nombre correcto de la Comisión de mérito, y de este modo, dotar de certidumbre la integración del Consejo, por lo que corresponde a la representación de este Poder Legislativo.