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IMSS debe garantizar portabilidad de datos sobre semanas cotizadas ante ISSSTE para trámite de pensión

dXji2MxEl Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) debe garantizar a una persona el derecho de portabilidad de datos personales, para considerar las semanas cotizadas ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), información que permitirá al titular llevar a cabo el trámite de su pensión por retiro, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2Mx“Debemos estar muy conscientes del valor del ejercicio a la portabilidad, ya que existen muchas personas en nuestro país, que viven esta misma situación; es decir, que iniciaron su vida laboral en el sector privado, pero que por diversas situaciones cambiaron su empleo al sector público, o al revés, y a los 60 o 65 años no pudieron concluir sus procesos de pensión, porque no tenían las suficientes semanas cotizadas para lograrlo”, enfatizó el Comisionado Adrián Alcalá Méndez, al presentar el asunto ante el Pleno.dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2MxAlcalá Méndez recodó que, para que en el cálculo de la pensión se tomaran en cuenta los periodos cotizados tanto en el IMSS, como en el ISSSTE, en 2009, estas instituciones firmaron un convenio de colaboración; sin embargo, fue hasta 2023 que las autoridades involucradas lograron construir las herramientas tecnológicas y jurídicas necesarias para convertir este derecho en una realidad. dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2MxNo obstante, el IMSS se declaró incompetente para dar atención a la solicitud de la persona interesada y sugirió dirigir la petición al ISSSTE, razón por la cual se presentó un recurso de revisión ante el INAI. Al analizar el caso, la ponencia advirtió que el IMSS tiene una competencia específica respecto de las semanas cotizadas, que sustenta en diversa normatividad, como los lineamientos que establecen los parámetros, modalidades y procedimientos de la portabilidad de datos personales; el convenio de colaboración suscrito entre el sujeto obligado y el ISSSTE; así como el procedimiento para la certificación de semanas cotizadas a solicitud del asegurado. dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2MxCon base en estos antecedentes, la ponencia determinó que, para contemplar en el cálculo de la pensión lo cotizado tanto en el sector público, como en el privado, existe un procedimiento a seguir a cargo del IMSS, que no fue mencionado en su respuesta.dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2MxAdemás, el sujeto obligado omitió notificar a la persona que requirió la información sobre la existencia de un proceso para solicitar la portabilidad de sus datos personales que es parte de los derechos ARCOP: acceso, rectificación, cancelación, oposición y portabilidad, como lo establece el artículo 54 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados.dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2Mx“El IMSS si se encuentra en posibilidad de atender el requerimiento de la persona solicitante, informándole, por lo menos, el procedimiento que debe seguir para que se consideren sus semanas cotizadas en el ISSSTE y, en consecuencia, mejorar el monto de su pensión”, concluyó Alcalá Méndez.dXji2Mx Omnia.com.mx

dXji2MxPor lo anterior, el Pleno del INAI determinó revocar la respuesta del IMSS y le instruyó garantizar a una persona el derecho de portabilidad de datos personales.dXji2Mx Omnia.com.mx

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Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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