tvOiJDTDe cara al inicio del mes de noviembre de 2024, el tema del aguinaldo se vuelve cada más presente en las conversaciones, sobre todo de aquellas personas que reciben de manera anticipada esta prestación, la cual aparece en la Ley Federal del Trabajo como obligatoria para todos los empleados que tengan una relación subordinada-patrón.tvOiJDT Omnia.com.mx
tvOiJDTEntre los primeros beneficiados con el depósito de este dinero son los pensionados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, quienes, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), deben recibir el pago de 40 días de salario.tvOiJDT Omnia.com.mx
tvOiJDTEl aguinaldo para este grupo de personas se debe pagar en dos partes, y de acuerdo con el calendario al momento, la primera se entregará en la primera quincena de noviembre de 2024, sin que hasta hoy se sepa la fecha en concreto; mientras tanto, la segunda parte se debería depositar en la primera quincena de enero de 2025.tvOiJDT Omnia.com.mx
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tvOiJDTOtros de los beneficiados con el pago del aguinaldo de manera adelantada son los pensionados del IMSS, pero solo para aquellos que lo hicieron por cesantía en edad avanzada o vejez, bajo el amparo de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997. Estas personas deberán recibir su dinero a partir del viernes 1 de noviembre, lo equivalente a una mensualidad de la cuantía de la pensión.tvOiJDT Omnia.com.mx
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tvOiJDTPara las personas que no son pensionadas y están dadas de alta en el IMSS, el aguinaldo comienza a pagarse en diciembre, siendo el día 20 de ese mes el último para recibir su dinero.tvOiJDT Omnia.com.mx
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Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente.
La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión.
Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.
La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.
“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.
La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:
En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.
Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente.
La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión.
Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.
La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.
“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.
La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:
En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.