XTvRIpHLa Fiscalía de Distrito Zona Norte, obtuvo la vinculación a proceso en contra de los imputados José Luis A. C., y Facundo M. R., por su probable responsabilidad en los delitos de inhumación, exhumación y respeto a los cadáveres o restos humanos en perjuicio de la sociedad.
Personal de la Unidad de Delitos de Peligro Contra la Paz, Seguridad de las Personas y la Fe Pública, con base en datos de prueba y una argumentación jurídica razonable, acreditó que ambos participaron en la acumulación de 383 cuerpos que debieron haber sido sometidos a un proceso funerario en el crematorio “Plenitud”.
Acerca de eso, el Fiscal General del Estado, César Jáuregui Moreno, indicó que se han analizado ya 148 cuerpos e informó que “se está haciendo una clasificación muy individualizada para que al momento de hacer las identificaciones, esto se vaya de una manera más rápida y podamos hacerlo con menos contratiempos. Estamos trabajando técnicas de hidratación en muchos de los cuerpos”, señaló.
Además, dijo que al momento se tienen ya 27 cuerpos con nombres probables, porque muchos cuerpos venían incluso con la pulsera de hospital.
“Esto permitió hacer más ágil el trabajo y ahora estamos buscando a las familias ya con el nombre del cuerpo para comunicarles esa cuestión; ya han aparecido familias con cenizas y con su cuerpo ahí, es decir, de lo que hemos estado hablando”, puntualizó.
En torno a la audiencia de los dos imputados por estos hechos, el Juez reiteró la prisión preventiva como medida cautelar y otorgó al Ministerio Público un plazo de seis meses para las investigaciones complementarias.
**De acuerdo con las leyes y normas vigentes, los imputados se presumen inocentes mientras no se declare su responsabilidad mediante sentencia emitida por la autoridad judicial (artículo 13 del Código Nacional de Procedimientos Penales).XTvRIpH Omnia.com.mx
Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente.
La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión.
Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.
La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.
“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.
La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:
En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.
Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente.
La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión.
Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.
La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.
“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.
La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:
En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.