TM2NzspOAXACA, Oax. (apro).- “¡Si no nos escuchan, gritaremos!, ¡nada está resuelto!, ¡no hay primavera oaxaqueña, ni guelaguetza, sin justicia, paz y libertad para los pueblos!, advirtió la Asamblea Comunitaria de Puente Madera al denunciar que persiste la criminalización y persecución judicial contra el líder de la comunidad Puente Madera, David Hernández Salazar. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspLos inconformes denunciaron que la comunidad zapoteca Puente Madera se encuentra entre la entre la criminalización y el castigo municipal porque no solo su líder es un perseguido político, sino que la agencia municipal ha sido castigada por la autoridad municipal de San Blas Atempa al no entregarles los recursos federales provenientes de los Ramos 28 y 33. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspDesde la Asamblea Comunitaria de Puente Madera y la Asamblea de los Pueblos Indígenas del Istmo en Defensa de la Tierra y el Territorio (APIIDTT) alertaron a la opinión pública, la persistente criminalización en contra de su líder David Hernández Salazar, a pesar de su absolución legal. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspRecordaron que David fue vinculado a proceso en la causa penal 446/2022 por los delitos de daños por incendio y daños dolosos, y condenado el 7 de febrero de 2024 a 46 años y 6 meses de prisión, además del pago de más de un millón de pesos por reparación del daño y una multa de 182 mil pesos. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspEsta condena fue dictada por el Juez Unitario del Circuito Judicial del Istmo con sede en Salina Cruz, Oaxaca, aunque, en segunda instancia, el Tribunal Superior de Justicia del Estado de Oaxaca, a través de su Sexta Sala Penal Colegiada, revocó dicha sentencia y absolvió a David el 14 de mayo de 2024, reconociendo las irregularidades en el proceso y la invalidez de pruebas utilizadas en su contra. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspSin embargo, en una acción preocupante, las presuntas víctimas interpusieron un Juicio de Amparo Directo (371/2024), y el Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Tercer Circuito resolvió el 28 de enero de 2025 que debía dictarse una nueva sentencia sin considerar las pruebas declaradas ilícitas, pero sí valorando otras pruebas ofrecidas. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspEl resultado fue una nueva resolución, dictada el 27 de febrero de 2025 por la Segunda Sala Penal Colegiada, en la que se vuelve a ratificar la absolución de David Hernández Salazar, desestimando nuevamente las acusaciones. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspA pesar de esta doble absolución, en mayo de 2025, las presuntas víctimas volvieron a ampararse, lo que mantiene vigente una estrategia de persecución judicial, y pone en alerta a la comunidad de Puente Madera con el objetivo de continuar criminalizando la defensa del territorio y a quienes luchan por sus derechos. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspLa comunidad advirtió que en la lucha de David no es individual. El proceso judicial en su contra refleja la persecución sistemática contra defensores y defensoras comunitarios que se han opuesto a la imposición del Corredor Interoceánico del Istmo de Tehuantepec (CIIT) y a los Polo de Desarrollo para el Bienestar (Podebi). TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspConsideran que David debe quedar libre de todo proceso judicial, y la comunidad de Puente Madera libre de hostigamiento. Su lucha por el territorio no puede seguir siendo castigada por un sistema de justicia parcial y politizado. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspAsimismo, desde la Asamblea Comunitaria de Puente Madera reiteraron la justa exigencia del cumplimiento en la repartición equitativa y legal de los recursos provenientes de los Ramos 28 y 33, los cuales corresponden por derecho a nuestra Agencia Municipal como parte del municipio de San Blas Atempa. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2Nzsp“Históricamente, estos recursos han sido manejados de manera discrecional por las autoridades municipales, negando a las agencias municipales, como Puente Madera, el acceso a fondos que deben ser destinados al fortalecimiento de los servicios básicos, infraestructura, educación, salud y desarrollo comunitario. No existe registro alguno de una distribución justa de estos fondos a las agencias municipales, lo que representa una violación constante a nuestros derechos colectivos y al principio de equidad presupuestaria”. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2Nzsp“Esta omisión histórica no solo refleja el abandono institucional, sino también la intención de debilitar nuestras formas de organización comunitaria. Por ello, exigimos de manera firme y urgente la entrega transparente y proporcional de los recursos de los Ramos 28 y 33 a Puente Madera y a todas las agencias del municipio de San Blas Atempa”, puntualizaron. TM2Nzsp Omnia.com.mx
TM2NzspCon información de proceso.com.mxTM2Nzsp Omnia.com.mx