La UE impone millonarias multas a Gucci, Chloé y Loewe por imponer precios a los minoristas

La Unión Europea anunció este martes que había impuesto multas por un total de 157 millones de euros (182 millones de dólares) a las firmas de lujo Gucci, Chloé y Loewe por infringir las normas de competencia.

Las sanciones son consecuencia de redadas sorpresa efectuadas en estas empresas en abril de 2023 y de una investigación antimonopolio de la Comisión Europea de julio de 2024.

El brazo ejecutivo de la UE reprocha a las tres firmas -con sede en Italia, Francia y España respectivamente- haber limitado la capacidad de sus distribuidores independientes para fijar libremente los precios de sus productos.

Estas prácticas son contrarias al derecho de la competencia, ya que suponen precios más elevados para los consumidores.

Las tres empresas cometieron estas infracciones de forma independiente entre sí, pero en períodos que se solapaban, y con respecto a tiendas físicas o en línea que a menudo eran las mismas.

Al sancionarlas simultáneamente, el Ejecutivo europeo afirmó que quiere "enviar un mensaje contundente a toda la industria" de la moda.

"Kering toma nota de la decisión de la Comisión Europea sobre prácticas que ya no se aplican en Gucci", indicó el grupo en un comunicado a AFP. En él precisa que la sanción había sido prevista en sus cuentas del primer semestre de 2025.

La marca de moda francesa Chloé, propiedad del grupo suizo Richemont, deberá pagar cerca de 20 millones de euros.

Por último, Loewe, marca española del gigante francés del lujo LVMH, deberá abonar 18 millones de euros.

"Loewe reitera su firme compromiso de operar en estricto cumplimiento de la legislación en materia de competencia", reaccionó la marca española.

Con información de El Economista. 

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Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores. 

Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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