Purgará sentencia de más de 42 años de prisión por violación y abuso sexual

• Obtiene FEM la sentencia condenatoria con las pruebas aportadas para esclarecer este hecho registrado en el año 2020

La Fiscalía Especializada en Atención a Mujeres Víctimas del Delito por Razones de Género y a la Familia de la Zona Norte, demostró en un Juicio Oral que Gerardo S. D., abuso y violentó sexualmente a una menor de edad en Ciudad Juárez, delitos por los que fue sentenciado a 42 años y dos meses de prisión.

Durante el juicio, la agente del Ministerio Público de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Contra la Libertad y Seguridad Sexual y el Normal Desarrollo Psicosexual, presentó las pruebas recabadas en la investigación de los hechos de carácter sexual registrados en septiembre del año 2020 y octubre del mismo año, en el interior de una vivienda de la colonia Horizontes del Sur.

El ahora sentenciado, fue detenido mediante una orden de aprehensión cumplimentada el 04 de junio del año 2024, por elementos de la Agencia Estatal de Investigación.

En el fallo condenatorio se le declaró penalmente responsable de los delitos de violación y abuso sexual, ambos con penalidad agravada, que cometió a una menor de 14 años de edad.

En la audiencia de individualización de sanciones el Tribunal de Enjuiciamiento, pronunció la sentencia que Gerardo S. D., purgará en el Centro de Reinserción Social número 3.

Además, fue condenado a pagar la cantidad de 215 mil 760 pesos por concepto a la reparación del daño.

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Después de la serie de críticas que ha emitido el presidente municipal con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, hacia la Torre Centinela de la SSPE, resurgió información pública de hace varios años, en donde el mismo ayuntamiento aprobó la donación de predios para la realización de esta obra de seguridad. 

Y es que el 22 de junio del 2022 el Cabildo de Ciudad Juárez aprobó la donación de 6 predios para la construcción de esta torre de seguridad, que en conjunto suman 4 mil 450 metros cuadrados, en donde actualmente está esta obra estatal, lo que genera una serie de dudas sobre si realmente el pensamiento del morenista en ese entonces era que la construcción era “un mugrero”, como se ha referido en meses anteriores. 

Cabe mencionar que este asunto se agregó de manera urgente durante la sesión ordinaria 19 del Cabildo, por lo que al parecer era apremiante el aprobar dicha donación. Hoy, a unos días de cumplirse 4 años de esa indicación de ayuntamiento, el candidateable a la gubernatura de Chihuahua le llama “mugrero” y quiere convertir la obra de seguridad en una torre departamental, así la incongruencia del morenista…


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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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