Sí el alcalde quiere donar predio para el hospital con infraestructura y acceso a vialidades, adelante: Mares

Después de varios meses de que comenzaran los dialogos para el nuevo hospital de IMSS en Chihuahua, el presidente del Consejo Coordinador Empresarial Leopoldo Mares, compartió en entrevista con Omnia que siguen sin elegir un predio para la donación, en caso de que el alcalde quiera donar un terreno debe de contar con ciertas características. 

Esto después de que en días anteriores el regidor panista José Navarrete ha asegurado que el predio de 6.8 hectáreas en donde se podría encontrar este hospital queda enfrente del Polideportivo Luis H. Álvarez, y que el alcalde Marco Bonilla ya se encuentra en pláticas para la posible donación del particular al municipio.

A esto el presidente respondió que definitivamente es de suma importancia la creación de este hospital, pero que aún no hay predio definido y compartió que si quieren la donación para que estén tanto el ISSSTE como el IMSS juntos, es necesario que sea un lugar amplio, con infraestructura y accesibilidad para poder construir pues, según Mares, se debe proyectar el proyecto a 30 años. 

“Al alcalde, pues, le gusta meter su cuchara porque tiene interés de poner su parte, si el ofrece un terreno grande y lleva los servicios de agua y electricidad, orale lo hacemos ahí.” dijo pero recalcó que al seguro social se le presentarán las opciones y es el instituto quien decidirá. 

Cabe mencionar que el presidente descartó que ya esté sobre la mesa esta opción, pero si el alcalde está dispuesto a donarlo, con acceso a vialidades y servicios pues delante, pero advirtió, “no nomas es declararlo, hay que hacer mucho trabajo para lograrlo”.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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