
El Congreso del Estado, aprobó la propuesta del coordinador de los diputados del PRI, Arturo Medina, para que los pueblos indígenas tengan la posibilidad real y efectiva de lograr la validación por los jueces o tribunales correspondientes de las resoluciones emitidas con sus propios sistemas normativos de los pueblos y comunidades indígenas.
Lo anterior además derivado de la sentencia de amparo que fue promovido el Amparo 444/2024-II, señalando como acto reclamado, “La omisión legislativa absoluta de regular un mecanismo de validación de las decisiones emitidas por las autoridades de los pueblos y comunidades indígenas de Chihuahua, en el ejercicio de la jurisdicción indígena.”
Esto constituye un acto de estricto cumplimiento a la sentencia que deriva del Amparo 444/2024-II, en el que el Poder Judicial de la Federación determinó que la inacción de este Alto Cuerpo Colegiado configura una omisión legislativa que se debe subsanar.
Atendiendo al principio de sujeción constitucional, este órgano legislativo debe subsanar dicha omisión, para evitar sanciones por desacato y, primordialmente, restituir a los pueblos indígenas en el goce de sus derechos, garantizando que su justicia no sea considerada como inferior, o subordinada al Estado, sino como especializada y coordinada con éste.
Para asegurar que el mecanismo de validación sea respetuoso de la autonomía y garante de la legalidad, las personas juzgadoras deberán de aplicar un test de competencia intercultural, basado en los factores personal, territorial, objetivo e institucional, entendidos como la autoadscripción de la persona que se reconoce indígena, la visión cultural del territorio que tienen sus pobladores, la afectación al interés colectivo y los sistemas normativos internos de las comunidades indígenas.
La justicia indígena será válida siempre que no implique actos de tortura, tratos crueles, desaparición forzada o discriminación de género, entendiendo este límite como un estándar mínimo de dignidad humana y no como una tutela de superioridad del derecho estatal, asegurando que la validación judicial sea un mecanismo de armonización y no una disposición que deje desprotegidos a los integrantes más vulnerables de las propias comunidades.