
CIUDAD DE MÉXICO (apro).-La presidenta Claudia Sheinbaum dio a conocer, el pasado viernes, la anunciada revisión del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO). El Gobierno federal reconoce que la cifra total de desapariciones es de 132 mil 534 personas, pero solo en menos de un tercio de los casos han hallado indicios (trámites administrativos) que podrían conducir a su localización. Establece además tres clasificaciones que, según especialistas entrevistados, no tienen fundamento legal, presentan errores metodológicos, y evidencian que son las fiscalías las principales causantes de las deficiencias en el registro.
El informe de la Estrategia de Búsqueda y Localización de Personas Desaparecidas, con cifras hasta el 26 de marzo, fue presentado por Marcela Figueroa, titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) —no por la secretaria de Gobernación, como en el sexenio anterior—, quien aseguró que el número más alto de registros, equivalente al 36% (46 mil 742 personas) de las 130 mil 178 desapariciones ocurridas desde 2006, corresponde a casos sin datos mínimos de identidad, en los que se ingresaron apodos o términos que no han permitido iniciar una investigación. La funcionaria explicó que el hecho de que los registros no cuenten con nombre, sexo, fecha de nacimiento o lugar de la desaparición “impide prácticamente la búsqueda”.
Sobre esta categoría, que denominó “con datos insuficientes”, el abogado Jorge Verástegui, quien busca a su hermano Antonio y a su sobrino Antonio de Jesús desaparecidos en 2009 en Coahuila, consideró que las familias deberían poder revisar si su caso está en esa clasificación y, de ser así, conocer el porqué. De ese modo, se sabrían también las razones de que el Ministerio Público (MP) no haya incorporado información básica durante la denuncia, o qué ocurrió en el seguimiento.
Estas fallas, según Verástegui, están relacionadas con los graves problemas de rezago en las fiscalías —tanto las estatales como la federal— que han señalado desde hace más de una década las familias buscadoras. Para el abogado, la revisión del RNPDNO evidencia que la falta de información y otros errores proceden de estas instancias, y queda claro que ni la Comisión Nacional de Búsqueda (CNB) ni otra autoridad han podido requerir a los ministerios públicos los datos básicos de estos casos.
Agregó que el gobierno está obligado a explicar y transparentar sus resultados. “Porque como lo denunciamos con el censo de AMLO [Andrés Manuel López Obrador], había casos que clasificaron así [con falta de datos] o que dijeron no tener datos de contacto [de personas denunciantes o familiares], y la realidad era completamente diferente”.
La Estrategia Nacional de Búsqueda Generalizada, conocida como el “censo” de AMLO, a la que no se aludió durante la presentación, consistió también en comparar el registro nacional con bases de datos administrativas para encontrar indicios de vida posteriores a la desaparición de una persona. Se implementaron además búsquedas masivas “casa por casa” y mediante llamadas telefónicas. A dónde van los desaparecidos y Quinto Elemento Lab informaron sobre la clasificación errónea de decenas de casos, así como de personas registradas con el estatus de localizadas que en realidad seguían desaparecidas.
Finalmente, el fallido censo de AMLO se abandonó debido a la falsificación en los cuestionarios de firmas de víctimas que presuntamente habían sido localizadas y de funcionarios que les daban validez, la pérdida de centenares de formularios realizados a las familias, y el borrado de nombres del registro oficial sin formalizar el proceso.
Figueroa informó que en el 33% de los registros (43 mil 128 personas) no se ha encontrado ninguna actividad de la víctima en los cruces con bases de datos realizados tras la desaparición. De este número, definido como “sin actividad a la fecha”, solo 3 mil 869 personas tienen abierta una Carpeta de Investigación (CDI) en las fiscalías, mientras que 26 mil 611 cuentan únicamente con un reporte de desaparición. “La diferencia entre ‘un reporte’ y ‘una carpeta’ es que [con] los reportes formalmente no inician una investigación dentro de la fiscalía”, precisó.
Que solo haya esa cantidad de CDI no se traduce en que no exista un delito, señala César Contreras, abogado del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh), sino que puede responder a la enorme impunidad que existe en el país, que organismos como el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU consideran “casi absoluta”.
Contreras considera que el escaso número de CDI da cuenta de un problema metodológico, ya que solamente se están contabilizando los delitos tipificados como desaparición forzada o cometida por particulares, sin tomar en cuenta el gran número de casos clasificados como secuestro, trata de personas o privación ilegal de la libertad.
Al respecto, Verástegui desmiente las declaraciones de Sheinbaum respecto a que antes de las reformas de junio de 2025 a la Ley General en Materia de Desapariciones no existía la obligación de iniciar una investigación por desaparición, ya que desde 2018 esta ley establece la responsabilidad de los MP de dar curso a las denuncias. “Es un mensaje a las fiscalías, de que ‘no se preocupen si no investigan’”.
En la tercera clasificación, que abarca el 31% de los casos (40 mil 308 personas), se han hallado trámites o actividades —como cambios de domicilio o celebración de matrimonios— posteriores a la fecha de desaparición; de este grupo, han logrado localizar a 5,269 personas, y cambiar su estatus dentro del registro.
Contreras advierte que estas tres categorías presentadas por el gobierno federal no tienen fundamento legal. “La razón [detrás de esto] es muy clara: presentar una cifra mucho menor que la del registro oficial completo y confundir a la gente: al no darle información completa a las víctimas, a las familias, y al evadir la responsabilidad de búsqueda de las personas desaparecidas”.
Para Verástegui, este juego de clasificaciones es una forma de esconder que las únicas personas que el gobierno considera como desaparecidas son aquellas que no aparecieron en cruces con bases de datos. La misma política, explica, que se ha estado manejando desde el gobierno de Felipe Calderón y que se acentuó con López Obrador. Para el abogado, “no hay un interés genuino en la búsqueda de las personas, sino solamente la intención de contener el creciente número de desaparecidos”.
Fue el pasado noviembre cuando Sheinbaum anunció que se preparaba la revisión del RNPDNO, y que derivado de las reformas a la Ley General en Materia de Desapariciones existía la obligación de abrir una carpeta de investigación en cada denuncia, que debía incorporarse a la Base Nacional de Carpetas de Investigación de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
Sin embargo, los datos presentados este 27 de marzo resultaron decepcionantes y preocupantes tanto para colectivos de familiares como para organizaciones de la sociedad civil, pues evidencian las fallas de origen de las fiscalías y los ministerios públicos. “Reducir la crisis a una gestión de archivos ministeriales no es solo un error metodológico, es una decisión política que invisibiliza a las víctimas”, denunciaron en un comunicado una docena de ONG encabezadas por Fundar.
Manifestaron también su preocupación ante la afirmación de la titular del SESNSP de que el 96% de las personas localizadas no fueron víctimas de un delito. “Sin claridad metodológica, este tipo de mensajes puede contribuir a minimizar la gravedad de la crisis y a desdibujar las obligaciones del Estado frente a las familias”.
Llaman además la atención sobre el discurso oficial que considera desapariciones forzadas —cometidas por el Estado— la mayoría de las 2,356 ocurridas de 1952 a 2005, mientras que atribuye el mayor número de las registradas a partir de 2006, un total de 130,178, al crimen organizado. Esto elude, afirman, la responsabilidad del Estado.
Finalmente, lamentan la falta de “una convocatoria amplia, transparente y abierta” en la presentación de la revisión del RNPDNO. Apenas un día antes, la Secretaría de Gobernación compartió la información con un grupo de 25 a 30 personas, representantes de colectivos, en las instalaciones de la dependencia.
El 90% de los registros del RNPDNO han sido incorporados por fiscalías y comisiones de búsqueda —apenas 12,000 por particulares—, afirma Contreras, por lo que si falta información es responsabilidad del Estado. “Lo que tendrían que decir no es ‘no vamos a buscar a estas personas’, sino ‘vamos a hacer un rastreo puntual de quién no ha subido esa información’” para identificar qué agente del MP o qué persona en las comisiones de búsqueda no hizo su trabajo. “No se puede decir que esas personas no están siendo buscadas, es gravísima esa afirmación”, dice.
Al ser cuestionada sobre el hecho de que algunos registros que solo cuentan con un alias —términos como Panchito, Wicho o el Tico—?pueden ser de migrantes o de personas en situación de calle, Sheinbaum respondió que la falta de datos hace muy difícil su búsqueda. “Entonces, por eso [los] mantenemos en el registro y nos concentramos en las personas donde hay toda la información”, afirmó.
Para Javier Espinosa, integrante de la Unión y Red Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas, y padre de Francisco Javier Espinosa Almanza, desaparecido en 2007 en Aguascalientes, esto es un error, pues esas personas también tienen derecho a ser buscadas. “No es de que ya se quedaron y ahí se quedan en el limbo. Se los hemos dicho [a las autoridades]: tienen que echarse un clavado de uno por uno, lo van a tener que hacer”.
El caso de Daniela Mabel Sánchez Curiel, desaparecida el 10 de marzo de 2015 en Tlalnepantla, Estado de México, caería en la clasificación de “datos insuficientes”. Laura Curiel, su madre —fundadora del colectivo Mariposas, Buscando Corazones y Justicia Nacional—, asegura que apenas llenaron el 5% de los campos del registro de su hija. Además del nombre y algunas características generales de Daniela, el resto están incompletos: no se adjunta el número de la CDI abierta, no se consigna qué tipo de investigación y acciones de búsqueda se han llevado a cabo ni se describe la hipótesis de la desaparición. Incluso el nombre de la persona denunciante es erróneo.
“Si la CNB está tan interesada en que este registro sea bueno, que ocupe a sus comisiones locales y les diga: ‘siéntate con cada familia y llénales todos los campos’. [Y que la presidenta] en la mañanera diga: ‘voy a destinar un equipo con los suficientes recursos [para ello]’. Que reconozca que se equivocó [al presentar este desglose del RNPDNO y que diga] que estas cifras son solo estadísticas, como tal no hemos trabajado con las familias”, exige.
La clasificación nombrada “con actividades y registros después de su fecha de desaparición” –es decir, los casos en que los nombres fueron localizados en bases de datos como la del INE y empresas telefónicas– fue calificada por Verástegui como “insultante para todas las familias”, pues pareciera que le interesa más al gobierno el “control de daños” para reducir la cifra, que realmente la búsqueda.
“Es como un insulto porque lo que dice la autoridad es: tengo este universo que no he encontrado, pero sospecho que pueden no estar desaparecidos, porque salió en el registro civil, en la vacunación covid, etc.”, afirma el abogado. Entonces, aunque estos casos tienen “un match administrativo”, falta la confirmación que no sea un homónimo o exista suplantación de identidad.
“Parece este discurso del Ministerio Público cuando se reporta una desaparición que dice que la persona seguro se fue de fiesta, o se fue con el novio. Es una actitud muy dolosa de la autoridad atreverse a decir que [una persona] está desaparecida, pero como hay movimiento con su nombre, seguro regresó y no informó. Ahí nuevamente regresamos a [la responsabilidad de] las fiscalías. Lo que Claudia [Sheinbaum] nos dice es que las fiscalías siguen sin hacer su trabajo”.
Sobre esta categoría, Contreras apunta que, aunque haya personas que aparezcan en registros oficiales después de su desaparición, esto no quiere decir que sean localizables. En A dónde van los desaparecidos se han documentado casos de familias que han sido informadas de que sus seres queridos desaparecidos pudieron ser, por ejemplo, vacunados contra el covid, pero no se les dio información posterior sobre su paradero.
“No puede haber una localización hasta que efectivamente se encuentre a la persona”, sostiene Contreras, para quien el hecho de que se haya identificado alguna actividad posterior a la desaparición en registros oficiales es tan solo una línea de investigación. “No se puede suplantar [este indicio] por otras líneas de investigación o por un plan de búsqueda integral”, afirma.
Todos esos datos, agrega, tendrían que hacerse llegar a las familias de las personas desaparecidas. “Se tiene que iniciar un proceso para informar a las más de 40,000 familias que se han encontrado esos indicios, que pueden ser relevantes para la búsqueda y localización”.
El error más grave que se cometió el sexenio pasado —con el censo de AMLO—, apunta Javier Espinosa, fue apostar por un “método” de localización, sin acompañamiento especializado. “Si dices que la tienes [a la persona desaparecida en tus bases de datos], quiero ver la carpeta de investigación; luego vamos con la familia, a través de un trabajo psicosocial. Es un impacto tan fuerte darles esperanza y que, al final, se trate de un homónimo”.
Buscar y localizar a las personas desaparecidas, reconoce el buscador, es un tema complejo, duro —para las familias es “como picar piedra”—, pero la responsabilidad no puede recaer en administraciones pasadas. “Tenemos que buscar ahora soluciones, con las familias. Sentarnos [con las fiscalías y comisiones] y buscarlos: uno por uno”.
**Foto de portada: La revisión del registro nacional, presentada durante la conferencia matutina de Sheinbaum, establece tres clasificaciones. No se explicó la metodología ni se aludió al censo de AMLO, que la presidenta impulsó como jefa de gobierno de la CDMX. (Captura de pantalla)
www.adondevanlosdesaparecidos.org es un sitio de investigación y memoria sobre las lógicas de la desaparición en México. Este material puede ser libremente reproducido, siempre y cuando se respete el crédito de la persona autora y de A dónde van los desaparecidos (@DesaparecerEnMx).
Con información de Proceso.