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Adecúan Ley Estatal de Autismo a estándares internacionales en atención gratuita de tratamientos y medicamentos

xHDZrRWEl Congreso del Estado aprobó las reformas del PRI a la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de Chihuahua, con el objeto de adecuar la norma a los estándares internacionales para una mejor identificación y atención a las personas con dicha condición. xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWA estas reformas se adhirieron las y los integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, así como la Diputada Magdalena Rentería Pérez, integrante del Grupo Parlamentario de MORENA.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWSe reforman los artículos 2, párrafo segundo; 3, fracciones III, V y VII; 8, fracción VI; 26 párrafos primero y segundo; Capítulo VI, del Título Segundo, y 33, párrafo primero; de la Ley para la Atención y Protección a Personas con la Condición del Espectro Autista del Estado de Chihuahua, para quedar en los siguientes términos: xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWARTÍCULO 2.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWAsí mismo, tiene por objeto garantizar la atención integral y protección a las personas con la condición del espectro autista y complementar las demás normas existentes sobre la materia, estableciendo un régimen legal que fomente el diagnóstico temprano y oportuno, la intervención inmediata, protección de la salud, educación inclusiva, capacitación, inserción laboral y social incluyendo la cultura, recreación y el deporte.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWARTÍCULO 3.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWIy II. …xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWComorbilidad: La presencia de trastornos o enfermedades coexistentes, o que se agregan a la condición primaria, pero que no se relacionan con ella. xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWDiagnóstico: El proceso  de  carácter deductivo  mediante  el cual las y los profesionales de la salud, con base en sus conocimientos, experiencia clínica y conforme a las categorías reconocidas por la comunidad científica, caracterizan el comportamiento de una persona con la condición del espectro autista o cualquier enfermedad, identifican trastornos o condicionescomórbidas o evolutivas, y establecen un plan de intervención apropiado para la atención de dicha persona.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWEspectro Autista: Se caracteriza por déficits persistentes en la capacidad de iniciar y sostener la interacción social recíproca y la comunicación social, y por un rango de patrones comportamentales e intereses restringidos, repetitivos e inflexibles.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWARTÍCULO 8.xHDZrRW Omnia.com.mx

  1. a V. …
  2. Contar con los cuidados apropiados para su salud mental y física, con acceso gratuito a tratamientos y medicamentos de calidad, que les sean administrados oportunamente por el Estado, tomando todas las medidas y precauciones necesarias.
  3. a XXI. …

xHDZrRWARTÍCULO 26. Realizar, dentro de las instituciones que conforman el Sistema Estatal de Salud, la evaluación clínica de las personas dentro de los tres primeros años de vida, con el propósito de detectar de manera temprana y atender con los tratamientos y medicamentos necesarios la condición del espectro autista, o en su caso, descartarla conforme a sus protocolos certificados y autorizados. xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWAsí mismo, la detección y atención de comorbilidades o afecciones comórbidas, que a menudo se presentan, brindando los tratamientos y medicamentos que se requieran.xHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWCAPÍTULO VIxHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWDesarrollo Social y HumanoxHDZrRW Omnia.com.mx

xHDZrRWARTÍCULO 33. La Secretaría de Desarrollo Humano y Bien Común de Gobierno del Estado,  incluirá en su política general de desarrollo social y humano para el combate a la pobreza, en los términos previstos en los artículos 60 y 61 del Reglamento de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, beneficios a las personas con la condición del espectro autista y sus familias, especialmente a quienes se encuentran en situación de marginación. xHDZrRW Omnia.com.mx

Tips al momento

Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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Cierra filas PAN y PRI con MC para la libertad de expresión absoluta en Chihuahua vs Ley Censura

Los partidos del PRI y PAN, se sumaron este día a la propuesta de reforma a la constitución que presentó el diputado de Movimiento Ciudadano, Francisco Sánchez Villegas, para que contra los intentos de censura que se viven en el país, en Chihuahua la libertad de expresión sea absoluta, inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. 

La Constitución local reconoce derechos fundamentales como la igualdad, la no discriminación, el acceso a la información y la protección de los periodistas, aún no existe una disposición que reconozca de manera expresa y autónoma el derecho a la libertad de expresión. 

Aunque la presidenta de la república aseguró que “no hay censura ni espionaje”, el debate evidenció la necesidad de que los estados federados cuenten con mecanismos propios para proteger, de manera efectiva, la libertad de expresión dentro de sus territorios.

La libertad de expresión absoluta que propuso el legislador colocaría al Estado a la vanguardia en materia de derechos humanos, sino que dotaría de certeza jurídica a las personas, a los medios de comunicación, a los activistas, a las organizaciones civiles y a toda forma de expresión pública.

“Resulta preocupante y hasta alarmante que en una democracia consolidada todavía se deba blindar mediante reformas constitucionales un derecho que debería ser incuestionable. El poder político, en lugar de temer a la crítica, la burla, la sátira o la mofa, debe asumirlas como un termómetro de la salud democrática y como una oportunidad para mejorar. La persecución a ciudadanos por sus opiniones es señal inequívoca de retroceso autoritario”, sentenció el legislador.

La propuesta es la siguiente, dentro del artículo 4 Constitucional:

En el Estado de Chihuahua la libertad de expresión es absoluta. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, por cualquier medio, sin censura previa ni injerencia de autoridad alguna. La libertad de expresión es inviolable y su ejercicio no podrá ser restringido directa ni indirectamente. Cualquier acto, disposición, omisión o medida de autoridad que tenga por objeto suprimir, obstaculizar, condicionar o menoscabar este derecho será nulo de pleno derecho.

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