V6SCkA4El secretario de Seguridad Pública Estatal, Gilberto Loya Chávez declaro que, tras la detención de un agente de la Policía Estatal por personal de la Defensa, en un puesto militar ubicado en Precos, no representa a toda la corporación.V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4“Hemos sido bien claros y precisos de la mano dura que hemos puesto sobre los policías que tienen algún mal comportamiento y me refiero a la comisión de un delito o falta al reglamento”, dijo. V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4Loya Chávez, destacó que, siempre realizan señalamientos hacia la institución cuando falla un elemento, sin embargo, eso no refleja que el resto de los agentes sean o realicen el mismo actuar, añadió que un ejemplo de ello, fue la condecoración de policías de la SSPE por su desempeño en la institución. V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4Agentes del ejercito llevaron a cabo la detención de Carlos Arturo B. R., miembro de la SSPE, en un puesto militar ubicado en Precos, donde fue sorprendido en posesión de más de 8 mil 400 cartuchos de arma larga de procedencia indeterminada. V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4Cabe destacar que Carlos Arturo B. R. se encontraba en proceso de baja de la corporación debido a que desde el 29 de enero del 2025 dejó de presentarse a laborar, acumulando múltiples inasistencias registradas hasta finales de febrero, registradas ante el oficio: SSPE-GSEGE/CP/0006/2025, lo que motivó el inicio de una investigación interna.V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4En relación a la baja de un elemento, Loya Chávez, dijo que se tiene que seguir un protocolo que cuenta la corporación, el cual habría dado inicio desde finales del mes de enero del presente año. V6SCkA4 Omnia.com.mx
V6SCkA4“El mensaje es muy claro, no vamos a tolerar ningún acto ni de corrupción, abuso de autoridad, ni siquiera que atente contra el reglamento interno”. V6SCkA4 Omnia.com.mx
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.