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La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmó la sentencia de la Sala Regional Especializada sobre violencia política por razón de generó a través de una nota periodística cometido en contra de la candidata a ministra de la Corte. Olivia Aguirre Bonilla.
Se confirma la multa de 11, 314 pesos por incurrir en violencia política contra las mujeres en razón de género, mediante la publicación de una nota, dirigida contra una candidata a ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el pasado 3 de abril de 2025, además se debe ofrecer y publicar una disculpa pública, así como tomar un curso especializado en promoción y protección de los derechos de las mujeres y la correspondiente inscripción en el registro nacional (SRE-PSC-29/2025).
El caso se centró en una nota que, según la denunciante, utilizó expresiones y un contexto sexualizante, incluyendo fotografías editadas y estereotipos de género, para construir una narrativa dañina.
La Sala Superior confirmó que la sala responsable aplicó correctamente la metodología para determinar la infracción, en contra de la nota al construir una narrativa sexualizante y utilizar estereotipos de género, trascienden los límites de la protección de la libertad de expresión.