Centro Prodh alerta contra proyecto de Yasmín Esquivel contra organizaciones ambientales

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Centro Prodh) alertó sobre el riesgo de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desconozca el derecho de organizaciones de defensa del medio ambiente para acompañar a comunidades en litigios contra megaproyectos.

Mientras se encuentra en discusión en la Cámara de Diputados la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, que limita el interés legítimo de organizaciones y comunidades a buscar la protección del Poder Judicial, en la SCJN la ministra Yasmín Esquivel, cercana al partido Morena, propone “que las organizaciones ambientales no puedan acreditar interés legítimo sólo con su objeto social, sino que deberán aprobar una afectación directa”, señaló el Centro Prodh, en un mensaje en su cuenta de X.

La organización destacó que en el  “proyecto de contradicción de criterios 21/2021, de la ministra Yasmín Esquivel”, que se pondrá a discusión este jueves 9 de octubre en el pleno de la SCJN, buscar reducir el alcance del interés legítimo, antes de que se apruebe la iniciativa de reforma a la Ley de Amparo, presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum, y modificada por el Senado de la República  en días pasados.

En su cuenta de X, el Centro Prodh posteó imágenes el proyecto de Yasmín Esquivel, que de  aprobarse determinaría que “el objeto social e una persona moral no es un elemento que, por sí solo y analizando de manera aislada, pueda ser considerado para efectos de acreditar su interés legítimo para acudir al juicio de amparo a reclamar violaciones al derecho al medio ambiente sano, a pesar de que este se hubiese descrito en su acta constitutiva como encaminado a la protección o defensa de los derechos  humanos de manera genérica o específicamente, del derecho al medio ambiente sano”. 

De aprobarse el proyecto de Esquivel la SCJN asumiría que “no cualquier persona o grupo pueda exigir la tutela de ese derecho, por el simple hecho de estar en su objeto social la defensa o protección de derechos en favor de una colectividad; pues ello sería aceptar el extremo de auto generar el interés para impugnar cualquier posible daño ambiental al país”. 

Para Esquivel el criterio que debe prevalecer es que “debe exigirse que se encuentre demostrada la afectación cualificada, a efecto de distinguir el interés con el que cuenta el resto de la población, en relación con el impacto que el acto reclamado tiene sobre los servicios ambientales que tiene a  su disposición, a través de dar respuestas a las interrogantes que metodológicamente el juzgador debe plantear en los términos apuntados en esta resolución”. 

“Sería un retroceso”

Para el Centro Prodh de aprobarse el criterio propuesto por la ministra Esquivel, “podría limitar la defensa de todos los derechos colectivos por parte de las ONG”, aunque en el proyecto el tema central se refiere a la defensa del medio ambiente. 

“De aprobarse se restringirá el alcance de interés legítimo de organizaciones que defienden derechos a la justicia social o ambiental que acompañan víctimas y comunidades y sería un retroceso en el acceso a la justicia para quienes más lo necesitan”, advirtió la organización. 

Tras señalar que la propuesta de Yasmín Esquivel considera que los litigios de defensa del medio ambiente sean abordados por la SCJN y no los órganos regionales como corresponde, el Centro Prodh destacó que el proyecto de sentencia ocurre a la par que en la Cámara de Diputados se analizará la reforma a la Ley de Amparo “que también contiene preocupaciones sobre limitaciones a la figura de interés legítimo, además  de la inclusión de disposiciones retroactivas” . 

 

 

Con información de: Proceso.

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El acto, que se realizó en presencia del denunciante (Manuel Ordorica Alamina), fue denunciado como un "operativo de Estado contra la propiedad privada" y un acto de despojo en lugar de procuración de justicia.

La familia Lezama Zubieta acreditó la propiedad del ganado con facturas y registros.

El 15 de diciembre de 2021, el juicio de amparo 352/2021 culminó con una sentencia federal que ordenó la restitución íntegra de las 267 reses, incluyendo las crías nacidas durante la custodia.

 La Fiscalía de Tabasco ha mostrado un incumplimiento sistemático. Solo se restituyeron 90 animales. La Fiscalía declaró la muerte de 134 reses sin presentar evidencia verificable ni notificación fehaciente.

Una pericia de "Desarrollo del Hato Ganadero" arrojó una cifra faltante que supera las mil reses si se contabilizan las crías que debieron nacer, implicando un impacto patrimonial de valor premium (ganado de registro).

El caso ocurrió durante una administración vinculada al bloque político de Adán Augusto López y ha generado debates por el ascenso posterior de funcionarios de la Fiscalía a cargos públicos, además que designó a un líder criminal como Secretario de Seguridad Pública.

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