Tenemos visa, responden senadores morenistas; Adán Augusto guarda silencio

Luego que Estados Unidos retiró la visa a 50 políticos de Morena y otros partidos, en medio de su ofensiva contra los cárteles mexicanos y sus aliados políticos, los senadores morenistas Adán Augusto López, Enrique Inzunza y Carlos Lomelí, afirmaron que cuentan con el documento de ingreso oficial al país vecino. 


El coordinador de Morena en el Senado, Adán Augusto López Hernández, quien es mencionado en el expediente de la Fiscalía General de la República (FGR) contra su exsecretario de Seguridad, Hernán Bermudez, acusado de ser el líder de La Barredora, así como en el expediente de la red de corrupción de huacichol fiscal, dejó entrever que no ha perdido la visa.


“Yo no hablo sobre cosas que no conozco, no me gusta hablar de mis temas personales. Si sigue las intervenciones de uno en el Senado usted mismo deducirá si tengo o no visa, busque la de hace como tres semanas”, refirió.


A su vez, el senador Carlos Lomelí, quien ha estado bajo la vigilancia de la DEA y del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, afirmó que tiene propiedades e inversiones en Estados Unidos, por lo que cuenta con visa de ingreso a ese país. Incluso, afirmó que es productor de “gomitas” de dulce en ese país. 


“Yo tengo mi visa, de hecho soy inversionista, no solamente en la parte industria, hago gomitas”, expresó.


El senador Enrique Inzunza, cuyo nombre y fotografía apareció en folletos distribuidos en enero de este año en Sinaloa donde se le vinculó con la facción de Los Chapitos del Cártel de Sinaloa, también dijo contar con el documento de ingreso a la unión americana. 


“Si claro, que tengo visa”, afirmó, al tiempo de considerar que EU es libre de entregar o revocar los documentos de ingreso a su país.

 

 

Con información de: LatinUs.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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