
La Coordinación de Política Digital dio a conocer que 200 servidores públicos ya cuentan con su Firma Electrónica Avanzada (FEA), un instrumento con validez legal que permite la agilización de procesos y fortalece la transparencia institucional.
Entre las dependencias que la utilizan se encuentran las secretarías de Hacienda, de la Función Pública, de Educación y Deporte, de Innovación y Desarrollo Económico, e instituciones como la Universidad Tecnológica de Chihuahua (UTCH) o el Instituto de Apoyo al Desarrollo Tecnológico (Inadet).
A estas instancias se suman organismos públicos descentralizados y áreas administrativas estratégicas.
“Ya son más de 20 instituciones las que se han sumado al uso de la Firma Electrónica Avanzada, avanzando hacia un gobierno más digital y eficiente”, destacó Walter Ignacio Zamarrón Estrada, coordinador de Política Digital.
Detalló que para emitir las constancias digitales, se cuenta con una autoridad certificadora dentro de la dependencia, que además desarrolla soluciones innovadoras como el servicio autómata, una herramienta que permite firmar decenas de páginas en cuestión de segundos.
Zamarrón Estrada dijo que ante los resultados obtenidos hasta hoy, se invita a las dependencias y funcionarios públicos que aún no cuentan con su Firma Electrónica Avanzada, a acercarse a la Coordinación de Política Digital para iniciar su registro y aprovechar los beneficios de la digitalización en su trabajo diario.


Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

Estos son los supuestos de injerencia extranjera que propone Morena para anular elecciones en Chihuahua
De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:
I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;
II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;
III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;
IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;
V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.
VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.
