Embajada de EU en México anuncia nueva sanción de 5 mil dólares por cruzar ilegalmente la frontera

La embajada de Estados Unidos en México anunció que se sancionará con 5 mil dólares a las personas que intenten cruzar la frontera y sean detenidos. 

En un breve video en sus redes sociales, el vocero de la embajada, David Arizmendi, difundió un video de advertencia para evitar los cruces ilegales. 

"¡Respeta la ley! Si cruzas ilegalmente a Estados Unidos, enfrentarás graves consecuencias", dice después de señalar esta nueva multa. 

En el mensaje no se precisa desde cuándo será aplicado ni el mecanismo que se utilizará para cobrar este dinero a los migrantes. 

Hasta el momento, el gobierno de Estados Unidos no había anticipado próximas multas económicas al cruzar la frontera 

La medida se informa en el marco de la política de Donald Trump, que ha impulsado redadas de migrantes y operativos con elementos federales. 

Este martes, la embajada de Estados Unidos refirió que el reingreso ilegal al país amerita desde dos años de prisión; si alguien fue deportado por un delito grave enfrentará 10 años de cárcel y si fue un cargo con agravantes, entonces la pena es de 20 años. 

Con información de Latinus. 

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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