Rechaza Loya uso de tecnología para seguimiento o espionaje en contra de cualquier ciudadano

El secretario de Seguridad Pública Estatal, Gilberto Loya Chávez, informó que se encuentran en proceso de dar respuesta a la recomendación que emitió la Comisión Estatal de Derechos Humanos, tras la queja presentada por el exgobernador César Duarte Jáquez, quien denunció presuntos actos de vigilancia no autorizados.

Por lo anterior, Loya Chávez agregó que siempre se han aceptado las recomendaciones que emite la CEDH, en este caso, destacó que se analiza la posibilidad de que se asuma parcialmente, “porque categóricamente rechazo que la institución esté haciendo trabajo de espionaje o seguimiento de cualquier persona”.

Loya Chávez afirmó contar con tecnología desplegada a nivel estatal, la cual es utilizada para dar resultados en materia de seguridad, como las reducciones en homicidios, robos de vehículos y robo a casa habitación.

Asimismo, dijo que el uso correcto de dicha tecnología ha dado resultados en materia de seguridad, por lo que rechazó que la SSPE realice trabajos de seguimiento o espionaje, como se pretende hacer ver en dicha recomendación.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

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