Vuelven los acordeones al TEPJF: magistrado propone confirmar sanciones a candidatas

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El tema de los “acordeones” repartidos durante la elección judicial irrumpirá de nuevo en la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en torno a un proyecto de resolución del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón que plantea confirmar sanciones impuestas por el Instituto Nacional Electoral (INE) contra dos candidatas que fueron beneficiadas por estas “guías de votación” atribuidas a partidos políticos, sobre todo del oficialismo.

El proyecto de resolución de Rodríguez establece que los acordeones –en este caso, acordeones difundidos en sitios de Internet con nombres que sugieren su cercanía con la llamada Cuarta Transformación– representaron un “beneficio indebido” con “un recurso que no fue propio” para los candidatos que aparecieron en ellos; el criterio aplica para quienes se deslindaron de la propaganda y para quienes no salieron electos a pesar de figurar en las guías.

Resulta poco probable que la Sala Superior apruebe el proyecto del magistrado cuando lo discuta: la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo se ha pronunciado en contra de las sanciones del INE, y la mayoría de magistrados de la Sala Superior del TEPJF, ya tumbó un proyecto del magistrado Rodríguez que pretendía declarar la nulidad de la elección debido al reparto de acordeones.

En el caso del proyecto de resolución relativo a las sanciones del INE, Rodríguez contempla desechar unos recursos presentados por dos candidatas a jueza de distrito, quienes aparecieron en acordeones pero no resultaron electas, y a quienes el INE impuso una amonestación pública.

Este proyecto marca desde ahora la postura de Rodríguez respecto a la decisión del INE de sancionar –económicamente– a los ahora integrantes del nuevo Poder Judicial de la Federación (PJF) que aparecieron en acordeones y fueron electos; esta determinación del árbitro electoral causó molestia en el gobierno y en Morena, donde se minimiza el papel de los acordeones en la votación y se asegura que la elección judicial fue “todo un éxito”.

La Misión de Observación Electoral de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Unión Interamericana de Organismos Electorales (UNIORE) y la relatora especial de la ONU sobre la independencia de magistrados y abogados, Margaret Satterthwaite, han insistido en el peso que??los acordeones tuvieron en los resultados de la elección.

Tanto el Consejo General del INE como la Sala Superior del TEPJF se han dividido respecto a las controversias que surgieron en el atropellado camino de la elección judicial, el cual culminó con una tasa de abstención de más del 87% durante los comicios del pasado 1º de junio.

En ambas instituciones, las presidentas –Guadalupe Taddei Zavala en el INE y Mónica Soto Fregoso, en el TEPJF-- impidieron las iniciativas que señalaban irregularidades o los múltiples problemas que derivaron de la implementación de la reforma judicial, impulsada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

Con información de Proceso.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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