Samsung evalúa salir de México

El cuartel general de Samsung Electronics, encabezado por Lee Jae-yong en Seúl, ha considerado la posibilidad de cerrar operaciones en México y trasladarlas a otro país del continente. La decisión dependería del resultado de un litigio fiscal con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) por una presunta doble cobranza del IVA derivada de las importaciones temporales virtuales utilizadas en el programa IMMEX.

El monto en disputa equivale a seis años de utilidades y asciende a varios cientos de miles de millones de pesos, debido a los intereses compuestos superiores al 9%, además de multas y recargos moratorios.

El conflicto tiene su origen en el mecanismo de importación temporal para manufactura y exportación (IMMEX), que permite a las empresas traer insumos sin pagar impuestos si son utilizados en productos de exportación.

* Importación temporal tradicional: El SAT devuelve el IVA de los insumos una vez exportados los productos.
* Importación virtual: Permite vender productos terminados dentro del país sin tener que volver a pagar el IVA ya cubierto al adquirir los insumos.

El SAT impugnó este mecanismo, argumentando que ha sido utilizado de forma indebida, lo que ha derivado en presuntas evasiones fiscales por hasta 250 mil millones de pesos anuales, según la ministra Lenia Batres Guadarrama.

Sin embargo, la ministra Yasmín Esquivel Mossa refutó esta postura ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), señalando que la medida implica una doble tributación, lo que vulnera el principio de legalidad tributaria.

“Las cobranzas pretendidas significan una doble cobranza del IVA”, sostuvo Esquivel durante su intervención en la contradicción de tesis 08/2025.

La discusión entre las ministras Batres y Esquivel fue intensa en abril, pero la Suprema Corte no resolvió el conflicto y lo dejó abierto para el nuevo pleno de ministros, cuya autonomía frente al Poder Ejecutivo ha sido cuestionada en los últimos meses.

Mientras tanto, Samsung México, dirigida por Thomas Yun, se encuentra en una encrucijada: pagar más de 300 mil millones de pesos o cerrar sus operaciones.

Esta situación no solo afectaría a la empresa surcoreana, sino que podría tener repercusiones directas sobre las compañías estadounidenses del sector automotriz y aeronáutico instaladas en México, que utilizan el mismo esquema fiscal.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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