Detiene SSPE a presunto líder criminal con orden de aprehensión en Estados Unidos durante operativo en Juárez

Como parte de las acciones de coordinación binacional que impulsa el secretario Gilberto Loya Chávez para fortalecer la seguridad en el estado, se logró la detención de un objetivo prioritario considerado líder criminal en el Valle de Juárez, quien contaba con una orden de aprehensión vigente en los Estados Unidos por el delito de portación ilegal de armas de fuego.

El operativo se desarrolló este miércoles sobre la avenida Paseo de la Victoria en Ciudad Juárez.

La intervención fue producto de los trabajos de inteligencia realizados en conjunto con la Guardia Nacional, la Secretaría de la Defensa Nacional y la Fiscalía General del Estado, derivado de información compartida por agencias estadounidenses.

El detenido, identificado como Leonardo Daniel “N” de 32 años, fue localizado tras un proceso de análisis en bases de datos, investigación de campo y vigilancia aérea mediante dos aeronaves no tripuladas, apoyadas por herramientas de la Plataforma Centinela, que permitieron su ubicación precisa.

Posterior a su aseguramiento, fue trasladado a la Fiscalía General del Estado para su puesta a disposición, conforme a los protocolos establecidos para casos de cooperación internacional.

La SSPE mantiene una coordinación permanente con corporaciones nacionales e internacionales para combatir a los generadores de violencia en la frontera, refrendando su compromiso con la seguridad y la justicia binacional.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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