Gobierno de EU actuó ilegalmente y deberá restablecer estatus legal a migrantes que usaron app de la era Biden, afirma jueza

Reuters.- Una jueza federal ordenó el martes al gobierno del presidente Donald Trump que restablezca el estatus legal de miles de migrantes a quienes se les permitió residir temporalmente en Estados Unidos mediante una aplicación para coordinar citas utilizada durante el mandato de Joe Biden.

La magistrada Allison Burroughs, de Boston, dictaminó que el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) actuó de forma ilegal cuando envió en abril de 2025 correos electrónicos masivos notificando a hasta 900 mil personas que habían entrado en el país utilizando la aplicación CBP One que "era hora de que abandonaran Estados Unidos".

El DHS no respondió de inmediato a una solicitud de comentarios.

La sentencia responde a una demanda colectiva presentada en agosto por tres personas de Venezuela, Cuba y Haití y el grupo de defensa Asociación Venezolana de Massachusetts, quienes argumentaron que la medida constituía una acción abrupta e ilegal para privar a los migrantes de su estatus de "parole" y su permiso de trabajo.

A esos migrantes se les había concedido, por lo general, un permiso humanitario de dos años tras utilizar una aplicación de la era Biden llamada CBP One para concertar una cita para cruzar la frontera entre Estados Unidos y México.

Bajo el mandato de Biden, el DHS comenzó a exigir a muchos solicitantes de asilo que utilizaran esa app en un esfuerzo por aliviar el caos en la frontera.

Poco después de regresar a la Casa Blanca en enero de 2025, Trump tomó medidas para suspender el uso de la app, al tiempo que su gobierno comenzaba a poner en marcha su agenda de línea dura en materia de migración y deportaciones masivas.

En abril de 2025, muchos no ciudadanos que habían obtenido el denominado "parole" a través del proceso de CBP One recibieron un correo electrónico del DHS en el que se les informaba que estaba ejerciendo su facultad discrecional para dejarlo sin efecto.

 

 

Con información de: LatinUs.

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I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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