El presidente de Ecuador decreta un nuevo estado de excepción en nueve provincias

El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha decretado este jueves un nuevo estado de excepción que estará en vigor por un periodo de 60 días en nueve de las 24 provincias del país, así como en cuatro cantones más fuera de ellas, en el marco de la lucha contra el crimen organizado que tiñe de violencia a la nación andina.

Concretamente, la medida se aplicará en las provincias de Pichincha, donde se encuentra Quito, capital del país; Guayas, zona en la que está Guayaquil, otra de las principales urbes de Ecuador; Manabí; Santa Elena; Los Ríos; El Oro; Esmeraldas; Santo Domingo de los Tsáchilas, y Sucumbíos, así como los cantones La Maná, en la provincia de Cotopaxi, Las Naves y Echeandía, en la de Bolívar, y La Troncal, en la de Cañar.

 

Durante la vigencia de este nuevo estado de excepción declarado en el Decreto Ejecutivo 535 quedarán suspendidos los derechos a la inviolabilidad del domicilio y de la correspondencia, de manera que la Policía y Fuerzas Armadas podrán interceptar comunicaciones, así como ingresar sin una autorización judicial previa a aquellos inmuebles en los que existan indicios de que podrían ocultarse "integrantes de grupos armados organizados", así como encontrarse posibles armas o "sustancias sujetas a fiscalización".

No obstante, en este decreto emitido en víspera de los festivos de Semana Santa, no se ha incluido el toque de queda, como sí ocurrió en el anterior que estuvo vigente hasta finales del pasado mes de marzo.

Cabe recordar que en Ecuador rige desde 2024 el estado de 'conflicto armado interno' con el que el presidente Noboa pretende poner coto al crimen organizado, catalogando a este tipo de organizaciones criminales como grupos terroristas. Aún con todo, el país cerró 2025 con récord de homicidios, unos 9.300, según cifras oficiales.

De cara a la festividad de Semana Santa, el Ministerio de Defensa ecuatoriano ha anunciado el despliegue de "más de 33.000 efectivos militares", los cuales "ejecutarán operaciones de control a nivel nacional en espacios marítimos, ciudades, ejes viales, áreas estratégicas, puertos y aeropuertos", a fin de "reforzar" la seguridad.

 

 

Con información de: El economista.

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De acuerdo al Grupo Parlamentario de Morena, se entenderán como actos lesivos para la integridad, independencia, libertad y autenticidad en materia electoral, cuando sean cometidos por estos grupos o entes vinculados a ellos o a intereses extranjeros, entre otros:

I. La injerencia en los procesos electorales mediante financiamiento ilícito, propaganda, difusión sistemática de desinformación o manipulación digital o sometimiento a intereses extranjeros;

II. La intervención para favorecer o perjudicar candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales;

III. La realización de actos de presión política, económica, o mediática, de violencia física, patrimonial, emocional o psicológica o sometimiento a intereses extranjeros que tengan por finalidad alterar la voluntad popular;

IV. La vulneración del territorio estatal por tierra, agua, o espacio aéreo con fines de presión, intimidación, afectación o sometimiento a intereses extranjeros al electorado;

V. Actos de violencia electoral o sometimiento a intereses extranjeros entendidos como conductas de agresión organizadas que ponen en riesgo o afectan la libertad, autenticidad o certeza de los procesos electorales y tienen por objeto o resultado beneficiar o perjudicar una o más candidaturas, partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes o autoridades electorales.

VI. Cualquier otra conducta que comprometa la integridad personal o comunitaria o afecte la autenticidad y libertad del sufragio y soberanía frente a intereses extranjeros.

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