La diputada federal del PAN por Chihuahua, María de los Ángeles Gutiérrez Valdez, propuso diversas disposiciones de la Ley General de Salud para que el comercio digital de medicamentos u otros insumos para la salud, sólo pueda realizarse a través de las páginas de internet de las farmacias legalmente autorizadas.
A través de esta iniciativa se busca reforzar la protección y el respeto del derecho a la salud de la población que habita en México, a través del acceso efectivo a medicamentos de calidad.
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos ha trabajado para evitar la aparición de medicamento caduco, fraccionado, maltratado, adulterado o falsificado, asegurado aproximadamente 533 toneladas de medicinas irregulares, en 194 operativos durante los últimos 5 años. Los avances en materia de regulación sanitaria en nuestro país han permitido que hasta el momento 4 millones 516 mil 560 piezas de los llamados “productos milagro” sean decomisadas. Sin embargo, aún falta mucho por hacer puesto que en el caso de la venta ilegal de medicamentos falsos en establecimientos y vehículos de distribución ha crecido 100 por ciento, principalmente en Michoacán, Guerrero, estado de México y Ciudad de México.1
El pasado 9 de febrero de 2022, la Cofepris alertó sobre la identificación de nueve lotes falsificados del verdadero medicamento Keytruda (pembrolizumab), clasificado como anticuerpo monoclonal y utilizado para tratar pacientes con melanoma metastásico o no removible y cáncer de pulmón.4
Indicó que se requiere regular la venta y la puesta a disposición de la población los medicamentos, ya que con el crecimiento de las redes sociales, el uso del internet y la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (Covid-19) que aún impera en el país, se puede ocasionar una vulneración al derecho a la salud de los habitantes de México.
A quien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos falsificados, alterados, contaminados o adulterados, ya sea en establecimientos, páginas de internet, redes sociales, puestos semifijos, módulos móviles o ambulantes, o bien venda u ofrezca en venta, comercie, distribuya o transporte materiales para envase o empaque de medicamentos, fármacos, materias primas o aditivos, sus leyendas, información que contenga números o claves de identificación, que se encuentran falsificados, alterados o adulterados, le será impuesta una pena de uno a nueve años de prisión y multa de veinte mil a cincuenta mil días de salario mínimo general vigente en la zona económica de que se trate.