Abre la Corte puerta para que la UIF investigue a Salinas Pliego

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se prepara para discutir un proyecto que dejaría viva la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) para acceder a información patrimonial y financiera de empresas y particulares, con fines de supervisión y prevención de delitos como el lavado de activos y el financiamiento al terrorismo, al proponer el sobreseimiento de un amparo en revisión promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.

De aprobarse el próximo 9 de abril, fecha en la que el asunto está listado, la UIF podría continuar utilizando y analizando información bancaria correspondiente a un periodo de hasta 10 años del dueño de Grupo Salinas. Dicha información fue solicitada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) en diciembre de 2021, al igual que la de otros 78 empresarios, tras su mención en la filtración periodística conocida como Pandora Papers, relacionada con empresas offshore y posibles esquemas de evasión fiscal y lavado de dinero.

El proyecto, del ministro Giova-nni Figueroa Mejía, propone revocar el amparo otorgado al magnate en agosto de 2022 por el juez federal Gabriel Regis López, el cual fue impugnado por la Presidencia de la República y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. En su lugar, plantea concluir el juicio sin entrar al estudio de fondo, al considerar que el quejoso carece de interés jurídico, ya que la solicitud de información impugnada no le genera una afectación real ni inmediata.

Lo anterior se sustenta en que se trata de un acto inicial que no implica sanciones ni el bloqueo de cuentas y que, en caso de no detectarse irregularidades, no modifica la situación jurídica del solicitante. Asimismo, el hecho de haber conocido dicha solicitud a través de una filtración periodística no constituye, por sí mismo, un perjuicio actual.

“Nos encontramos ante un acto que no afecta de manera real la esfera jurídica del quejoso, pues únicamente constituye una comunicación inicial entre autoridades con el objeto de remitir información, misma que será analizada por la UIF conforme a sus facultades legales”, señala el proyecto.

En su demanda, Salinas Pliego impugnó la constitucionalidad de los artículos 115 y 142 de la Ley de Instituciones de Crédito, así como de los artículos 192 y 212 de la Ley del Mercado de Valores, que facultan a las autoridades a acceder a información financiera con fines de supervisión y prevención de delitos.

No obstante, si se aprueba la propuesta de Figueroa Mejía –para lo cual basta una mayoría simple–, el máximo tribunal no se pronunciará sobre la constitucionalidad de dichas normas, las cuales permanecerán vigentes y aplicables para las funciones de la UIF.

 

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