
Todas y todos hemos sido víctimas de quedarnos atorarnos en el tráfico por un choque alcance en la avenida La Cantera, un raspón en el Periférico de la Juventud o dos vehículos detenidos en plena Teófilo Borunda esperando a que llegue tránsito.
La escena es cotidiana en Chihuahua capital. Y el problema no es la magnitud del impacto, sino los vehículos detenidos en carriles de circulación a la espera de la autoridad vial.
En cuestión de minutos, el efecto se multiplica: embotellamientos, estrés, riesgo de choque secundario, peatones expuestos y una pérdida colectiva de tiempo que termina afectando a toda la ciudad.
Los llamados “choquecitos” —colisiones menores con daños exclusivamente materiales— se han convertido en un factor importante de congestión, lentitud y riesgo secundario en la capital.
Recientemente, el Congreso de Nuevo León aprobó por unanimidad una reforma conocida popularmente como “Ley contra los choquecitos”, que permite que, en accidentes leves con solo daños materiales, los conductores puedan mover sus vehículos para liberar la vía, siempre que se cumplan condiciones específicas (sin lesionados, con seguro vigente y sin indicios de alcohol o drogas).
Ese antecedente me hace cuestionar: ¿podría Chihuahua capital aplicar un esquema similar, adaptado a su marco jurídico vigente?
Un reporte oficial de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Chihuahua informó que del 22 al 28 de diciembre de 2025 —menos de una semana— se atendieron: 173 incidentes viales, 24 personas lesionadas y 1 persona fallecida.
La cifra anual real es muchísimo mayor, todas y todos los capitalinos padecemos sus efectos y más allá de la gravedad de los hechos con víctimas, el dato permite una lectura estructural. Si hubo 25 personas afectadas directamente (24 lesionados + 1 fallecido), el número máximo posible de accidentes con lesionados no puede superar esa cifra, pues cada evento con lesiones implica al menos una persona herida.
Eso significa que, como mínimo, 148 incidentes en esa semana correspondieron únicamente a daños materiales. En términos proporcionales, al menos 85.5% de los hechos no involucraron personas lesionadas. Es una estimación conservadora. La proporción real de “solo daños” podría ser incluso mayor. Autoridades locales han señalado públicamente que el número anual de choques en Chihuahua capital se ubica por encima de los 11 mil.
Correspondería a la autoridad entonces, compartir o socializar una base pública consolidada en formato estadístico descargable que permita auditar esa cifra con precisión. Por ello, debe entenderse como referencia de orden de magnitud y no como dato oficial cerrado.
Con una población estimada para 2025 de poco más de 1,028,000 habitantes —según proyecciones del Consejo Nacional de Población y el Consejo Estatal de Población de Chihuahua— ese volumen implicaría alrededor de 1,070 accidentes por cada 100 mil habitantes al año. Es una tasa significativa para una ciudad de este tamaño.
¿Qué dicen hoy las leyes de Chihuahua? Chihuahua cuenta con dos instrumentos vigentes:
• Ley de Vialidad y Tránsito del Estado
• Ley de Movilidad y Seguridad Vial del Estado de Chihuahua (vigente desde 1 de enero de 2025)
La segunda adopta un enfoque moderno de “sistemas seguros” y reconoce el derecho a la movilidad. Incluso contempla que un siniestro puede consistir únicamente en daños materiales. Sin embargo, en la práctica subsiste un incentivo que frena la liberación inmediata de la vía.
El artículo 91 de la Ley de Vialidad considera infracción grave que el conductor se retire del lugar de los hechos, sin distinguir entre quien mueve su vehículo unos metros para despejar un carril y quien huye para evadir responsabilidad.
Ante esa ambigüedad, el comportamiento racional es permanecer inmóvil y esperar, aun cuando el vehículo pueda desplazarse con seguridad.
La ley protege correctamente contra la fuga. Pero no diferencia con claridad el retiro responsable del abandono. Ahí está el punto técnico.
¿Qué propone la Ley “Choquecito”? La propuesta consiste en introducir una definición precisa de “Accidente Menor”, entendido como aquel en el que: Solo existen daños materiales, no hay personas lesionadas, no hay indicios de alcohol o drogas y los vehículos pueden moverse por sus propios medios con todas las precauciones.
Bajo ese supuesto:
1. Se tomaría evidencia fotográfica inmediata.
2. Se intercambiarían datos.
3. Se notificaría a la aseguradora.
4. Se trasladarían los vehículos a una zona segura cercana.
De manera expresa, se incorporaría la aclaración de que mover el vehículo para liberar la vía, permaneciendo en el sitio seguro inmediato y cumpliendo el procedimiento, no constituye retirada del lugar.
La sanción por fuga real se mantendría intacta. Pero se abriría una excepción reglada para los casos estrictamente menores.
Chihuahua ya exige seguro obligatorio vigente para circular, lo que facilita que los daños sean gestionados por aseguradoras y reduce el riesgo de acuerdos informales sin respaldo.
Además, la Ley de Movilidad establece que debe interpretarse conforme a la Constitución y garantizar el derecho a la movilidad.
Liberar un carril tras un choque menor reduce exposición a riesgos secundarios, mejora la eficiencia del sistema vial y disminuye externalidades negativas. Todo ello en consonancia con el enfoque de sistemas seguros.
Cuando haya personas heridas, posible conducta delictiva, falta de seguro o negativa de identificación, el esquema tradicional de intervención de la autoridad se mantiene sin cambios, incluyendo la actuación de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua cuando corresponda.
En una ciudad creciente, que supera el millón de habitantes y donde, al menos en una semana de referencia, más del 85% de los incidentes parecen corresponder a daños materiales, una reforma puntual puede tener efectos amplios.
No se trata de flexibilizar responsabilidades. Se trata de ordenar el procedimiento para que un alcance leve no paralice durante horas la movilidad de miles de personas.